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TC Rol 17223

Tribunal Constitucional·Rol 17223

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Sumario

0000297 DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE Santiago, dieciocho de marzo de dos mil veintiséis. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente, con fecha 05 de febrero de 2026, a fojas 282 ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que, a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales. 3°. Que, en la oportunidad procesal correspondiente, no se evacuaron los traslados conferidos. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1°. Ha lugar a la solicitud de fojas 282. Téngase a la parte requirente por desistida y terminado el presente proceso constitucional a su respecto. 2° Álcese la suspensión del procedimiento decretada a fojas 56 con fecha 08 de enero de 2026, r...

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