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TC Rol 17507

Tribunal Constitucional·Rol 17507

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Sumario

0000079 SETENTA Y NUEVE Santiago, once de mayo de dos mil veintiséis A fojas 65, a lo principal: téngase por evacuado traslado; al primer otrosí: téngase por acompañada; al segundo otrosí: téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, el artículo 83 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, dispone que “[d]entro del plazo de cinco días, contado desde que se acoja el requerimiento a tramitación o desde que concluya la vista del incidente, en su caso, la sala que corresponda examinará la admisibilidad de la cuestión de inaplicabilidad.”; 2°. Que, los antecedentes examinados por este Tribunal permiten verificar que se ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos por el artículo 93, inciso decimoprimero, de la Constitución Política, en relación con lo previsto en los artículos 83 y 84 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, para declarar admisible el presente requerimiento. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en el art...

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