TC Rol 17601
Tribunal Constitucional·Rol 17601
Sumario
0000278 DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO Santiago, veinte de mayo de dos mil veintiséis. Previo a proveer, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, cumpla la parte requirente con acompañar certificado expedido por el Tribunal que actualmente conoce de la gestión judicial, en que conste la existencia de ésta, el estado en que se encuentra, la calidad de parte del requirente y el nombre y domicilio de las partes y de sus apoderados, dentro de tercero día, bajo apercibimiento de tener el requerimiento por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese. Rol N° 17.601-26 INA. Daniela Beatriz Marzi Muñoz Fecha: 22/05/2026 Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida Miguel Angel Fernández González Fecha: 20/05/2026 Fecha: 20/05/2026 Héctor Antonio Mery Romero Alejandra Precht Rorris Fecha: 22/05/2026 Fecha: 20/05/2026 Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su ...
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0000278 DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO Santiago, veinte de mayo de dos mil veintiséis. Previo a proveer, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, cumpla la parte requirente con acompañar certificado expedido por el Tribunal que actualmente conoce de la gestión judicial, en que conste la existencia de ésta, el estado en que se encuentra, la calidad de parte del requirente y el nombre y domicilio de las partes y de sus apoderados, dentro de tercero día, bajo apercibimiento de tener el requerimiento por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese. Rol N° 17.601-26 INA. Daniela Beatriz Marzi Muñoz Fecha: 22/05/2026 Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida Miguel Angel Fernández González Fecha: 20/05/2026 Fecha: 20/05/2026 Héctor Antonio Mery Romero Alejandra Precht Rorris Fecha: 22/05/2026 Fecha: 20/05/2026 Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora Daniela Beatriz Marzi Muñoz, y por sus Ministros señora Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida, señor Miguel Ángel Fernández González, señor Héctor Mery Romero y señora Alejandra Precht Rorris. Autoriza el Secretario abogado (i) del Tribunal Constitucional. Sebastián Andrés López Magnasco Fecha: 25/05/2026 3460E491-A199-4D7C-AC49-A156DDF584FB Este documento incorpora una firma electrónica avanzada. Su validez puede ser consultada en www.tribunalconstitucional.cl con el código de verificación indicado bajo el código de barras.