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TC Rol 17618

Tribunal Constitucional·Rol 17618

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0000364 TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO Santiago, veintisiete de mayo de dos mil veintiséis. Previo a proveer, teniendo presente lo dispuesto en los artículos 79 y 80 de Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, cumpla la parte requirente con aclarar el precepto legal cuya inaplicabilidad solicita, atendido a que en el escrito y petitoria solicita la declaración de inaplicabilidad del artículo 394 del Código de Procedimiento Civil en su integridad. Sin embargo, a fojas 16 solicita que se declare inaplicable el mencionado artículo “en aquella parte en que permite tener por confesa a la parte citada a absolver posiciones que no comparece en segunda citación respecto de hechos categóricamente afirmados en el pliego”. Cúmplase lo ordenado dentro de tercero día, bajo apercibimiento de tener el requerimiento por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese. Rol N° 17.618-26 INA. Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida Fecha: 27/05/2026 Miguel Angel ...

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