TC Rol 1772
Tribunal Constitucional·Rol 1772
Sumario
0004312 CUATRO MIL TRESCIENTOS DOCE Santiago, tres de diciembre de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente, con fecha 20 de noviembre de 2025 a fojas 4302, ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que, a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales para que dentro del plazo de cinco días formulen las observaciones que estimen pertinentes, y 3°. Que, no se evacuaron los traslados conferidos. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1°. Ha lugar a la solicitud de fojas 4302. Téngase a la parte requirente por desistida y terminado el presente proceso constitucional a su respecto. 2° Álcese la suspensión del procedimiento...
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0004312 CUATRO MIL TRESCIENTOS DOCE Santiago, tres de diciembre de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente, con fecha 20 de noviembre de 2025 a fojas 4302, ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que, a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales para que dentro del plazo de cinco días formulen las observaciones que estimen pertinentes, y 3°. Que, no se evacuaron los traslados conferidos. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1°. Ha lugar a la solicitud de fojas 4302. Téngase a la parte requirente por desistida y terminado el presente proceso constitucional a su respecto. 2° Álcese la suspensión del procedimiento decretada a fojas 58 con fecha 02 de julio de 2025, respecto de la causa seguida ante la Corte de Apelaciones de Santiago, por recurso de hecho, bajo el Rol N° 1772-2025 (Laboral Cobranza). Notifíquese, comuníquese y archívese. Rol N° 16.613-25-INA. 1 0004313 CUATRO MIL TRESCIENTOS TRECE Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida Fecha: 03/12/2025 María Pía Silva Gallinato Miguel Angel Fernández González Fecha: 03/12/2025 Fecha: 03/12/2025 Raúl Eduardo Mera Muñoz Fecha: 03/12/2025 Héctor Antonio Mery Romero Marcela Inés Peredo Rojas Fecha: 03/12/2025 Fecha: 03/12/2025 Alejandra Precht Rorris Mario René Gómez Montoya Fecha: 03/12/2025 Fecha: 03/12/2025 Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta Subrogante, Ministra señora Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida, y por sus Ministros señora María Pía Silva Gallinato, señor Miguel Ángel Fernández González, señor Raúl Eduardo Mera Muñoz, señora Catalina Adriana Lagos Tschorne, señor Héctor Mery Romero, señora Marcela Inés Peredo Rojas, señora Alejandra Precht Rorris y señor Mario René Gómez Montoya. Autoriza el Secretario abogado (i) del Tribunal Constitucional, señor Sebastián López Magnasco. Sebastián Andrés López Magnasco Fecha: 03/12/2025 83657AE7-AE3A-41BB-988D-0B7F8BDE6A48 Este documento incorpora una firma electrónica avanzada. Su validez puede ser consultada en www.tribunalconstitucional.cl con el código de verificación indicado bajo el código de barras.