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Tribunal Constitucional·Rol 2060

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Sumario

1 Santiago, primero de septiembre de dos mil once. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, por oficio Nº 1098/SEC/11, recibido en esta Magistratura con fecha 19 de agosto de 2011, el Senado de la República ha remitido el proyecto de ley relativo al uso del pabellón patrio, aprobado por el Congreso Nacional, con el objeto de que este Tribunal Constitucional, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 1º, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto de la letra j) introducida por el literal b) del número 2. del artículo 6° del proyecto; SEGUNDO.- Que el Nº 1º del inciso primero del artículo 93 de la Carta Fundamental establece que es atribución de este Tribunal Constitucional: “Ejercer el control de constitucionalidad de las leyes que interpreten algún precepto de la Constitución, de las leyes orgánicas constitucionales y de las normas de un tratado que versen sobre materias propias de estas últimas, antes de su ...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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Normas y sentencias citadas

  • aplicaexternal #sición contenida en la letra j) introducida en el artículo 20 de la Ley N° 19.175 por el literal b) del número 2. del artículo 6° del proyecto, es propia de la Ley Orgánica Constitu
  • fundaexternal #n Regional a que se refiere el inciso primero del artículo 113 de la Constitución Política. SÉPTIMO.- Que la disposición contenida en la segunda parte de la letra j) introducida por
  • fundaexternal #acionales; 2.- Que, siguiendo lo dispuesto por el artículo 63 de la Constitución, no se puede sostener que resulte necesario regular por ley la forma de establecer y usar los símbo
  • citaexternal #ado como propio de ley orgánica en las sentencias Rol N° 155/1992. La norma analizada se estructura de la misma forma, pues somete el ejercicio de la facultad a
  • citaexternal #trese, déjese fotocopia del proyecto y archívese. Rol N° 2060-11-CPR. 12 Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por su Presidente, Ministr
  • citalaw #29427ica y lo prescrito en los artículos 48 a 51 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: 1º. Que este Tribunal Constituci
  • citalaw #30542texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, de la siguiente manera: (…) 2. I