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TC Rol 2094

Tribunal Constitucional·Rol 2094

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Sumario

1 Santiago, veinticinco de octubre de dos mil once. Proveyendo a lo principal de fojas 52, téngase presente; al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado conferido; al segundo otrosí, téngase por acompañados los documentos, y al tercer y cuarto otrosíes, téngase presente. A fojas 86, agréguese a los autos el oficio del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Miguel, sin número, en el que se remiten copias autorizadas de las piezas principales de la gestión en que incide el requerimiento de inaplicabilidad interpuesto. Téngase por cumplido lo ordenado a fojas 43. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que, por resolución de 27 de septiembre de 2011, esta Sala admitió a tramitación el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducido en estos autos por el señor Julio Palestro Velásquez, en su calidad de Alcalde y Presidente de la Corporación Municipal de San Miguel, respecto de los incisos primero y segundo del artículo 12 de la Ley N° 17.322, en la causa caratula...

Considerandos

  1. Considerando 1

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Normas y sentencias citadas

  • aplicaexternal #el, respecto de los incisos primero y segundo del artículo 12 de la Ley N° 17.322, en la causa caratulada “AFP Cuprum S.A. con Corporación Municipal de San Miguel”, que se encuentra
  • aplicaexternal #ro, de la Constitución Política y en el N° 6° del artículo 84 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: Que se declara inadmisible el re
  • citaexternal #a Laboral y Previsional de San Miguel. Archívese. Rol Nº 2094-11-INA. 7 Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Pre
  • citalaw #28919s incisos primero y segundo del artículo 12 de la Ley N° 17.322, en la causa caratulada “AFP Cuprum S.A. con Corporación Municipal de San Miguel”, que se encuentra
  • citalaw #29427mente se complementa con la que se contiene en la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, que en su artículo 84 establece: “Procederá d
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