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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-Inadmisibilidad

Tribunal Constitucional·Rol 2100

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Sumario

1 Santiago, a veintidós de diciembre de dos mil once. Proveyendo al escrito de fojas 244, téngase por cumplido lo ordenado. Proveyendo al escrito de fojas 246, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que, con fecha 21 de septiembre de 2011, Mario Patricio Jerez Espina ha requerido a esta Magistratura para que declare la inaplicabilidad por inconstitucionalidad de “la interpretación que se hace por el Tribunal de Cuentas a la norma establecida en el artículo 21 de la Ley 10.336”, en los autos sobre juicios de cuentas, Roles N° 36.472, 36.473 y 36.474, de que conoce el Juzgado de Cuentas de la Contraloría General de la República; 2º. Que el artículo 93, inciso primero, Nº 6º, de la Constitución Política establece que es atribución de este Tribunal Constitucional “resolver, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en cualquier gestión que se siga ante un tribunal ordinario o especial, resulte contraria a la Constitució...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 11

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  12. Considerando 84

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  13. Considerando 93

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Normas y sentencias citadas

  • aplicaexternal # Tribunal de Cuentas a la norma establecida en el artículo 21 de la Ley 10.336”, en los autos sobre juicios de cuentas, Roles N° 36.472, 36.473 y 36.474, de que conoce el Juzgado
  • fundaexternal #cen: “Artículo 79.- En el caso del número 6° del artículo 93 de la Constitución Política, es órgano legitimado el juez que conoce de una gestión pendiente en que deba aplicarse el
  • citaexternal #ia Constitución” (de la manera señalada en la STC Rol Nº 810); 10°. Que, examinado el requerimiento, y atendido el mérito de los antecedentes tenidos a la vista
  • citaexternal #pronunciamiento previo de este Tribunal en la STC Rol 356/2002. Se cumple, entonces, el N° 2 del artículo 84; 4. Que, por otra parte, existe una gestión judi
  • citaexternal # y comuníquese al Tribunal de Cuentas. Archívese. Rol 2100-11-INA. 8 Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Pre
  • citalaw #26356as a la norma establecida en el artículo 21 de la Ley 10.336”, en los autos sobre juicios de cuentas, Roles N° 36.472, 36.473 y 36.474, de que conoce el Juzgado
  • citalaw #29427mente se complementa con la que se contiene en la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. Así, el inciso primero del artículo 82 de dic