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TC Rol 2134

Tribunal Constitucional·Rol 2134

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1 Santiago, catorce de marzo de dos mil trece. VISTOS: Con fecha 1° de diciembre de 2011, Marco Cariola Barroilhet, en representación de la sociedad Inversiones Mañio Limitada, deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 23, inciso tercero, y 24, inciso primero, del D.L. N° 3.063, sobre Rentas Municipales, en la causa sobre reclamo de ilegalidad caratulada “Inversiones Mañio Limitada con Alcalde de la Municipalidad de Las Condes”, que se encuentra actualmente pendiente ante la Corte de Apelaciones de Santiago bajo el Rol de Ingreso Nº 1.414-2010, con recurso de casación en el fondo concedido y ordenado elevar para ante la Corte Suprema. Los preceptos cuya aplicación se requiere declarar inconstitucional disponen: Artículo 23.- El ejercicio de toda profesión, oficio, industria, comercio, arte o cualquier otra actividad lucrativa secundaria o terciaria, sea cual fuere su naturaleza o denominación, está sujeta a una contribución de patent...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 5

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  5. Considerando 6

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  6. Considerando 7

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  7. Considerando 8

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  8. Considerando 9

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  9. Considerando 10

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  10. Considerando 12

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  11. Considerando 20

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  12. Considerando 30

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Normas y sentencias citadas

  • citalaw #215063artículos 23 y siguientes del DL N° 3.063, de 1979, sustitutivo del actual reglamento aprobado por DS N° 484, de 1980
  • aplicaexternal #s, a título de frutos civiles en los términos del artículo 647 del Código Civil; 17°) Que, por otra parte, este Tribunal Constitucional en sentencia Rol N° 203, de 6 de diciembre
  • citaexternal #ado por este Tribunal Constitucional en los autos Rol N° 773, la potestad reglamentaria de ejecución sólo puede desarrollar aspectos de detalle técnico que, por
  • citaexternal #elto este Tribunal Constitucional en su sentencia Rol N° 203, la patente municipal no grava el patrimonio sino una actividad. En tercer lugar, no se afecta el p
  • citaexternal #referencia a la presente causa junto con la causa Rol N° 2141-11-INA en la sesión de Pleno de 14 de junio de 2012, para su vista junto con la causa Rol N° 2104-11-I
  • citaexternal #e junio de 2012, para su vista junto con la causa Rol N° 2104-11-INA, agregándose las tres causas para su vista conjunta en la tabla de Pleno del día 21 de junio de
  • citaexternal #renciada e inconfundible, de norma jurídica” (STC Rol N° 370, considerando decimoséptimo); DÉCIMO: Que, en relación a la indeterminación con que habría procedid
  • citaexternal #imo tribunal de la República sobre el tema.” (SCS Rol N° 2791-2012, considerando cuarto). [Énfasis agregado]; DECIMOQUINTO: Que, asimismo, la propia Contraloría Gener
  • citaexternal # el artículo 23 analizado en esta sentencia) (STC Rol N° 1390, considerandos decimosexto y decimoséptimo); DECIMOSÉPTIMO: Que en lo relativo a la impugnación por
  • citaexternal # y especificidad de la obligación tributaria (STC Rol N° 465, considerando 25°). El argumento que concluye con la determinación de un tributo es que este sea es
  • citaexternal #tar con suficiente claridad y determinación” (STC Rol N° 759, considerando 25°); VIGESIMOTERCERO: Que “el ejercicio de la facultad reglamentaria debe limitarse
  • citaexternal #enes no se encuentren en la misma condición” (STC Rol N° 1254, considerando 46°); VIGESIMONOVENO: Que no es argumento convincente que la violación del principio
  • citaexternal #ndo una transgresión a la Carta Fundamental” (STC Rol N° 1340 y en el mismo sentido, entre otras, STC roles N°s 790, 825, 829); TRIGESIMOPRIMERO: Que en la prese
  • citaexternal #ando 17°). A su vez, en sentencias de 9 de julio (rol 601-2007) y de 26 de noviembre (rol 4741-2007), ambas de 2008, la Corte Suprema precisó que no se encuentran
  • citaexternal #e 9 de julio (rol 601-2007) y de 26 de noviembre (rol 4741-2007), ambas de 2008, la Corte Suprema precisó que no se encuentran gravadas con la contribución del art
  • citaexternal #elimitar con suficiente claridad y determinación (Rol 1234, considerando 22°); 21°) Que las razones antedichas son suficientes para concluir que el artículo 2
  • citaexternal #a Maldonado. Regístrese, notifíquese y archívese. Rol N° 2134-11-INA. 37 Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por su Presidente, Ministr
  • citalaw #23705ago de patente municipal los establece el decreto ley N° 3.063, sin dejar márgenes inconstitucionales de indeterminación normativa. La generalidad de sujetos vinc
  • citalaw #239628icipal. Por otra parte, se cita la historia de la Ley N° 20.033, que modificó, entre otras, la Ley de Rentas Municipales, en el sentido de que, respecto a las modi
  • citalaw #30077 respectivo reclamo de ilegalidad regulado por la Ley N° 18.695 (artículo 151), por lo que en el mismo no pude intervenir el Tribunal Constitucional. El análisis e
  • citalaw #29967suntos públicos 27 locales, según requiere la Ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado (artículos 1° y 3°,