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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-Inadmisibilidad

Tribunal Constitucional·Rol 2150

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Sumario

1 Santiago, cuatro de abril de dos mil doce. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 22 de diciembre de 2011, el abogado José Jara Gutiérrez, en representación de TERMAS DE PUYEHUE S.A., ha requerido a esta Magistratura Constitucional para que declare la inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los artículos 6°, letra B), N°6; 21, inciso primero; 115 y 60, inciso primero, todos del Código Tributario, contenido en el D.L. N° 830, de 1974; así como del artículo 19, letra b), de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el D.F.L. N°7, de 1980, y, por último, de la primera oración del inciso primero del artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del Decreto Ley N° 824, de 1974, en el marco del juicio sobre reclamo tributario de liquidaciones caratulado “Termas de Puyehue S.A. con Servicio de Impuestos Internos”, actualmente en conocimiento de la Excma. Corte Suprema, por recurso de casación en el fondo Rol N° 7144-2010; 2º. Qu...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 11

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  12. Considerando 12

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  13. Considerando 13

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  14. Considerando 14

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  15. Considerando 93

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Normas y sentencias citadas

  • fundaexternal #cen: “Artículo 79.- En el caso del número 6° del artículo 93 de la Constitución Política, es órgano legitimado el juez que conoce de una gestión pendiente en que deba aplicarse el
  • aplicaexternal #orma que le otorga competencia es precisamente el artículo 115 del Código Tributario, de todo lo cual se deduce que la presentación carece de fundamento plausible; 10°. Que en relació
  • aplicaexternal #a tanto por los art. 59 como por el inciso 1° del art. 200 del Código Tributario” (fojas 8 30); 13°. Que, como bien ha sostenido esta Magistratura, “en sede de inaplicabilidad po
  • citaexternal #orte Suprema, por recurso de casación en el fondo Rol N° 7144-2010; 2º. Que el artículo 93, inciso primero, Nº 6º, de la Constitución Política establece que es atrib
  • citaexternal #ión de resoluciones judiciales. Así, en los autos Rol N° 493, señaló que “la acción de inaplicabilidad es una vía procesal inidónea para impugnar resoluciones j
  • citaexternal #pios generales de hermenéutica para su solución” (Rol N° 1925/2011); 14°. Que de lo señalado se desprende que, en la especie, corresponde declarar inadmisible l
  • citaexternal #certificada a las partes. Regístrese y archívese. Rol N° 2150-11-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente,
  • citalaw #29427mente se complementa con la que se contiene en la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. Así, el inciso primero del artículo 82 de dic