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TC Rol 2183

Tribunal Constitucional·Rol 2183

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Sumario

1 Santiago, catorce de febrero de dos mil doce. Proveyendo a fojas 24: téngase por acompañado. Proveyendo a fojas 26: estése a lo que se resolverá: VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 31 de enero del año en curso, doña Viviana Salvo Soto, por sí y en representación de “Comunidad Edificio Torre 2”, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los incisos octavo, noveno y décimo del artículo 19 del Decreto Ley N° 3.500, para que surta efectos en la causa RIT A-3995-2011, sustanciada ante el Tribunal de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago; 2°. Que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 6º, de la Constitución, es atribución de este Tribunal “resolver, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en cualquier gestión que se siga ante un tribunal ordinario o especial, resulte contraria a la Constitución”. A su turno, el inciso decimoprimero del mismo p...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 93

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Normas y sentencias citadas

  • aplicaexternal #n acreditar ninguna de las menciones que exige el artículo 79 de la Ley N° 17.997, ya transcrito, como requisito para admitir a trámite el requerimiento, 4 Y TENIENDO PRESENTE lo d
  • fundaexternal #cen: “Artículo 79.- En el caso del número 6° del artículo 93 de la Constitución Política, es órgano legitimado el juez que conoce de una gestión pendiente en que deba aplicarse el
  • citalaw #24019tavo, noveno y décimo del artículo 19 del Decreto Ley N° 3.500, para que surta efectos en la causa RIT A-3995-2011, sustanciada ante el Tribunal de Cobranza Labor
  • citalaw #29427mente se complementa con la que se contiene en la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, que exige que con anterioridad al pronunciami