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TC Rol 2220

Tribunal Constitucional·Rol 2220

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Sumario

1 Santiago, veintiuno de junio de dos mil doce. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que, con fecha 27 de abril de 2012, Iván Borie Mafud, en representación de Evelyn Arias Ortega y María Verónica Melo Abdo, ha requerido a esta Magistratura Constitucional para que declare la inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículos 82, letra g), de la Ley N° 18.883, sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales y 62 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, en relación al artículo 63, letra f) de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en el marco del proceso penal Rit Nº 36-2012, del que conoce el Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar, actualmente ante la Corte Suprema bajo el Rol 3754-12; 2º. Que el artículo 93, inciso primero, Nº 6º, de la Constitución Política establece que es atribución de este Tribunal Constitucional “resolver, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la inaplicabilidad de un precept...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 93

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  12. Considerando 310

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Normas y sentencias citadas

  • fundaexternal #cen: “Artículo 79.- En el caso del número 6° del artículo 93 de la Constitución Política, es órgano legitimado el juez que conoce de una gestión pendiente en que deba aplicarse el
  • citaexternal #el Mar, actualmente ante la Corte Suprema bajo el Rol 3754-12; 2º. Que el artículo 93, inciso primero, Nº 6º, de la Constitución Política establece que es atrib
  • citaexternal #nal que conoce de la gestión invocada. Archívese. Rol 2220-12-INA. Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presi
  • citasentencia #1098 para iniciar un sumario administrativo” (fs. 310 Rol N° 2214) sea una manifestación indirecta de esa interpretación; 4°. Que, enfrentado el juicio de admisibili
  • citalaw #30077 preceptos legales, el artículo 63 letra f) de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, que dispone como atribución del alcalde la de “adminis
  • citalaw #30256stitucionalidad del artículos 82, letra g), de la Ley N° 18.883, sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales y 62 de la Ley N° 18.575, Orgánica Con
  • citalaw #29427mente se complementa con la que se contiene en la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. Así, el inciso primero del artículo 82 de dic
  • citalaw #29967strativo para Funcionarios Municipales y 62 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, en relación al artícul
  • citalaw #30590o informático establecido en el artículo 4º de la Ley Nº 19.223; 7°. Que, de la lectura de los antecedentes que obran en el proceso, se desprende que la preceptiva