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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 2321

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Sumario

1 Santiago, cuatro de julio de dos mil trece. VISTOS: Con fecha 4 de octubre de 2012, el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ha solicitado la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los artículos 25, 25 bis, 26 y 26 bis del Código del Trabajo, en el marco de la causa RIT T-366-2012, RUC 12-4-0026239-8, bajo sustanciación en dicho tribunal. Los preceptos legales cuya aplicación se impugna disponen: “Art. 25. La jornada ordinaria de trabajo del personal de choferes y auxiliares de la locomoción colectiva interurbana, de servicios interurbanos de transportes de pasajeros y del que se desempeñe a bordo de ferrocarriles, será de ciento ochenta horas mensuales. En el caso de los choferes y auxiliares de la locomoción colectiva interurbana y de los servicios interurbanos de transporte de pasajeros, el tiempo de los descansos a bordo o en tierra y de las esperas que les corresponda cumplir entre turnos laborales sin realizar labor, no será imputable a la...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 11

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Normas y sentencias citadas

  • fundaexternal #derechos garantidos en los numerales 1° y 16° del artículo 19 de la Constitución; SEXTO: Que, en otra parte de su alegación, los demandantes argumentan que el artículo 26 del Códi
  • aplicaexternal #legó el pleno cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 26 del Código del Trabajo, que es la norma legal que regula la actividad de los demandantes; sin embargo, la parte contraria
  • aplicaexternal #ago sólo el tiempo de colación contemplado por el artículo 34 del Código del Trabajo. En razón de la materia sobre la que versa la gestión invocada, señala que los artículos 25, 25 bi
  • aplicaexternal #e su alegación, los demandantes argumentan que el artículo 26 del Código del Trabajo es objetable, porque “dicha disposición en forma tácita quedó modificada por el artículo único del
  • citaexternal #de su inciso primero en el proceso constitucional Rol N° 1852, mientras que denegó la inaplicabilidad de todo el artículo en los roles N°s 2322 y 2319; QUINTO:
  • citaexternal #omuníquese, notifíquese, regístrese y archívese. Rol N° 2321-12-INA. 11 Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por su Presidente, Ministr
  • citalaw #29427ENTE, además, las disposiciones pertinentes de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: Que se rechaza el requerimient
  • citalaw #190282na supuesta modificación tácita verificada por la Ley Nº 19.759 en el año 2001, para sostener una reducción de la jornada diaria a 7,5 horas, conformando un total