TC Rol 2334
Tribunal Constitucional·Rol 2334
Sumario
1 Santiago, treinta y uno de octubre de dos mil doce. Proveyendo a fojas 37: por acompañado certificado, a sus antecedentes. VISTO Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 17 de octubre del año en curso, el abogado HUGO VILCHES ORDENES, en representación judicial de RIGGS S.A., ha deducido un requerimiento ante esta Magistratura Constitucional, a fin de que declare la inaplicabilidad del artículo 6° del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 1994, del Ministerio de Hacienda, Estatuto Orgánico de la Tesorería General de la República, en el marco del juicio ejecutivo caratulado “Fisco-Tesorería General de la República con RIGG S.A.”, de que conoce el 11° Juzgado Civil de Santiago, Rol N° 6866-2008; 2°. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 6º, de la Constitución, es atribución de este Tribunal “resolver, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en cualquier gestión que se siga ante un tribunal ord...
Considerandos
Considerando 4
#y quinto otrosíes, estese a lo resuelto. Notifíquese por carta certificada al requirente. Rol Nº 2334-12-INA. Sra.Peña Sr. Carmona Sr. Viera-Gallo Sr. Israel 5 Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta Subrogante, Ministra señora Marisol Peña Torres y los Ministros señores Carlos Carmona Santander, José Antonio Viera- Gallo Quesney y el Suplente de Ministro Ricardo Israel Zipper. Autoriza la Secretaria del Tribunal, señora Marta de la Fuente Olguín.
Normas y sentencias citadas
- fundaexternal #—— lan: “Artículo 79.- En el caso del número 6° del artículo 93 de la Constitución Política, es órgano legitimado el juez que conoce de una gestión pendiente en que deba aplicarse el
- citaexternal #—— , de que conoce el 11° Juzgado Civil de Santiago, Rol N° 6866-2008; 2°. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 6º, de la Constitu
- citaexternal #—— Notifíquese por carta certificada al requirente. Rol Nº 2334-12-INA. Sra.Peña Sr. Carmona Sr. Viera-Gallo Sr. Israel 5 Pronunciada por la Segunda S
- citalaw #29427— mente se complementa con la que se contiene en la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, que exige que con anterioridad al pronunciami