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TC Rol 2343

Tribunal Constitucional·Rol 2343

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Sumario

1 Santiago, dieciséis de noviembre de dos mil doce. VISTO Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 30 de octubre del año en curso, el abogado JORGE MONTECINOS ARAYA, en representación judicial de JAIME OMAR QUINTANA GUTIERREZ, ha deducido un requerimiento ante esta Magistratura Constitucional, a fin de que declare la inaplicabilidad por inconstitucionalidad del inciso final del numeral 1° del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, aprobada por el Decreto Ley N° 824, de 1974, antes de su derogación por la Ley N° 20.219, en el marco de la reclamación tributaria caratulada “JAIME OMAR QUINTANA GUTIERREZ CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”, que se encuentra actualmente radicada ante la Excma. Corte Suprema, por recurso de casación en el fondo, Rol N° 5848-2011; 2°. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 6º, de la Constitución, es atribución de este Tribunal “resolver, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la inaplicabilidad de un precepto l...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 93

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Normas y sentencias citadas

  • citalaw #265227ey N° 824, de 1974, antes de su derogación por la Ley N° 20.219, en el marco de la reclamación tributaria caratulada “JAIME OMAR QUINTANA GUTIERREZ CON SERVICIO DE
  • fundaexternal #lan: “Artículo 79.- En el caso del número 6° del artículo 93 de la Constitución Política, es órgano legitimado el juez que conoce de una gestión pendiente en que deba aplicarse el
  • aplicaexternal #o aceptado por la mayoría.” Y, por otro lado, el artículo 227 del Código de Procedimiento Civil establece, en su inciso primero, lo siguiente: “Vista la causa, queda cerrado el debate y el juici
  • citaexternal #rte Suprema, por recurso de casación en el fondo, Rol N° 5848-2011; 2°. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 6º, de la Constituc
  • citaexternal #Notifíquese por carta certificada al requirente. Rol Nº 2343-12-INA. 7 Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Pre
  • citalaw #29427mente se complementa con la que se contiene en la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, que exige que con anterioridad al pronunciami