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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-Inadmisibilidad

Tribunal Constitucional·Rol 2353

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Sumario

1 Santiago, cuatro de diciembre de dos mil doce. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 20 de noviembre de 2012 Héctor Guzmán Godoy ha requerido a esta Magistratura Constitucional para que declare la inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del Tratado entre la República de Chile y la República de Argentina sobre Controles Integrados de Fronteras, en el marco de un proceso penal seguido en su contra ante el Juzgado de Garantía de Los Andes, bajo el RIT N° 3776-2010, RUC N° 1010030895-4; 2°. Que el artículo 93, inciso primero, Nº 6º, de la Constitución Política establece que es atribución de este Tribunal Constitucional “resolver, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en cualquier gestión que se siga ante un tribunal ordinario o especial, resulte contraria a la Constitución.”. El inciso decimoprimero del mismo precepto de la Carta Fundamental dispone que “en el caso del número 6º, la cuestión podrá ser plan...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 93

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Normas y sentencias citadas

  • aplicaexternal #e inadmisibilidad del número 6° del ya transcrito artículo 84 de la Ley N° 17.997, sin perjuicio de la eventual concurrencia de otras causales de inadmisibilidad. En efecto, en el l
  • fundaexternal #cen: “Artículo 79.- En el caso del número 6° del artículo 93 de la Constitución Política, es órgano legitimado el juez que conoce de una gestión pendiente en que deba aplicarse el
  • citaexternal #tablezca mediante los Códigos de Enjuiciamiento” (Rol 794); 10°. Que, por otra parte, siguiendo lo razonado en las sentencias Roles N°s 1512 y 2247 de este
  • citaexternal #e Garantía de Los Andes Notifíquese. Archívese. Rol N° 2353-12-INA. Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presi
  • citalaw #29427se complementa con la que se contiene en 2 la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. Así, el inciso primero del artículo 82 de dic