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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 2354

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Sumario

Santiago, nueve de enero de dos mil catorce VISTOS: Con fecha 21 de noviembre de 2012, don Carlos Contreras Quispe, representado por la abogada Scarlet Muñoz Venegas, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la oración “cuando lo interpusiere el Ministerio Público”, contenida en el inciso segundo del artículo 277 del Código Procesal Penal, y de la oración “dicte las instrucciones necesarias para que sus peritos puedan acceder a examinar”, contenida en el artículo 320 del mismo Código, para que surta efectos en el proceso sobre delito reiterado de usurpación de aguas, RIT N° 473-2010, RUC 1010009669-8, en el que el requirente es uno de los cuatro imputados, y que se sustancia ante el Juzgado de Garantía de Pozo Almonte. El texto de los preceptos legales del Código Procesal Penal que fueran objetados en estos autos, es el que se destaca a continuación: Artículo 277, inciso segundo: “El auto de apertura del juicio oral sólo será susceptible del recurs...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 11

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  12. Considerando 12

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  13. Considerando 20

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  14. Considerando 30

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Normas y sentencias citadas

  • aplicaexternal #tos al Pleno, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el requerimiento fue comunicado a la Cámara d
  • fundaexternal #e la inaplicabilidad en comento, se vulneraría el artículo 76 de la Constitución, que consagra la función jurisdiccional y la independencia de la judicatura en su ejercicio. Ello,
  • aplicaexternal #erio Público”, contenida en el inciso segundo del artículo 277 del Código Procesal Penal, y de la oración “dicte las instrucciones necesarias para que sus peritos puedan acceder a examinar
  • aplicaexternal #erio Público”, contenida en el inciso segundo del artículo 277 del Código Procesal Penal. Alega que en su virtud se genera una enorme desigualdad, pues impide a los intervinientes, distin
  • aplicaexternal #ritos puedan acceder a examinar”, contenida en el artículo 320 del Código Procesal Penal. Explica al efecto que su estrategia en el juicio necesariamente requiere una defensa técnica, a s
  • aplicaexternal # el Rol N° 806, referido a la inaplicabilidad del artículo 416 del Código Procesal Penal. Por resolución de fojas 98, la Segunda Sala de esta Magistratura admitió a tramitación el requeri
  • aplicaexternal #to al cuestionamiento de la norma contenida en el artículo 320 del Código Procesal Penal, alega que debe rechazarse ya que la aplicación de la regla no produce efectos inconstitucionales.
  • aplicaexternal #n. Éstas son las que regula el inciso tercero del artículo 276 del Código Procesal Penal. Estas causales dicen relación con que la exclusión provenga de “actuaciones o diligencias que hubi
  • aplicaexternal #cia de preparación del juicio oral como ordena el artículo 260 del Código Procesal Penal, es ésta la etapa durante la cual el juez de garantía está en condiciones de decretar la exclusión
  • aplicaexternal #ideración a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 276 del Código Procesal Penal, resulta igualmente justificable que el imputado pueda tener igual derecho. Para controvertir nuest
  • aplicaexternal #forzoso concluir que la causal de la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal aparece revestida de la relevancia necesaria para acoger el recurso, que sólo es reparable con la d
  • aplicaexternal # que la presunción de inocencia establecida en el artículo 4 del Código Procesal Penal compensaría, de alguna forma, la diferencia de trato consagrada en la norma impugnada, lo cual darí
  • citaexternal #legal en el caso concreto. Específicamente, en el Rol N° 806, referido a la inaplicabilidad del artículo 416 del Código Procesal Penal. Por resolución de fojas
  • citaexternal #o de la apelación por el Tribunal de Alzada” (STC Rol N° 1432/2009); OCTAVO: Que dicho carácter excepcional, en que sólo la ley cuando “lo señalare expresamente
  • citaexternal #itorial Jurídica; Santiago, 2005; pág. 48).” (STC Rol N° 1341/2009). El Ministerio Público debe perseguir las conductas constitutivas de delito, pero debe hacerl
  • citaexternal #smo precepto impugnado. La segunda sentencia (STC Rol N° 1502/2010) fue motivada por un requerimiento presentado por el imputado. Y por cinco votos a cuatro, se
  • citaexternal #r ejemplo, en el considerando 23º de la sentencia rol N° 8637-2011, dicho tribunal señaló que “(…) el acusado (…) fue puesto en una posición evidentemente desventajos
  • citaexternal #debate sobre ese tópico. (En el mismo sentido SCS rol N° 1741, de 25 de mayo de 2010).”; 16º. Que, siguiendo una línea argumental similar, la Excma. Corte Supre
  • citaexternal #mero Guzmán. Notifíquese, regístrese y archívese. Rol N° 2354-12-INA. SRA. PEÑA SR. BERTELSEN SR. VODANOVIC SR. FERNÁNDEZ SR. CARMONA SR. ARÓSTI
  • citasentencia #61 Excma. Corte Suprema, en una reciente sentencia (rol Nº 2170, de 2013), ha rechazado por extemporáneo un recurso de nulidad por infracción a las garantías funda
  • citalaw #29427onformidad a lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el requerimiento fue comunicado a la Cámara d
  • citasentencia #1182e del juez de garantía. Por ejemplo, la sentencia rol N° 2333, del año 2010, dice en su considerando tercero que la revisión de la legalidad de la exclusión de p
  • citasentencia #1308502, Nº 1535, y en el voto por acoger en la causa rol Nº 2330; 28º. Que, en consecuencia, en mérito de todo lo anterior y de lo preceptuado, además, en los inci