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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 2357

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Sumario

1 Santiago, cuatro de julio de dos mil trece. VISTOS: Con fecha 27 de noviembre de 2012, Leyla Alejandra Chahin Valenzuela, Patricia Angélica Varas Pacheco, Tatiana Yasmín Meneses Yáñez, Marcia Elisa Arancibia Pérez, Evelyn Rommy Kremer Parada, Teresa Viviana Muñoz Becker, Claudia Andrea España Pincheira, Erika Alejandra Maira Bravo, Lorena Raquel Ulloa Reyes, todas fiscales del Ministerio Público, y Pedro Enrique Orthusteguy Hinrichsen, en representación de la Asociación de Fiscales del Ministerio Público y en favor de la Fiscal Fabiola Janet Celis Corrales, han solicitado a esta Magistratura la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la primera parte del inciso segundo del artículo 6° de la Ley N° 20.545, que modificó las normas sobre protección a la maternidad e incorporó el permiso posnatal parental. El precepto cuya aplicación se cuestiona, referido a la base de cálculo del subsidio del nuevo permiso posnatal parental para los funcionarios públicos, dispon...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 20

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Normas y sentencias citadas

  • citalaw #29872que a partir del año 1985, con la dictación de la Ley N° 18.469, las trabajadoras del sector privado ven limitado el monto del subsidio por maternidad, que se hall
  • citalaw #220666 Trabajo y por las normas del DFL N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social ya aludido. Finalment
  • citaexternal #muníquese, notifíquese, regístrese y archívese. Rol N° 2357-12-INA. 49 Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por su Presidente Subrogan
  • citaexternal #ra parte del inciso segundo del artículo 6° de la Ley N° 20.545, que modificó las normas sobre protección a la maternidad e incorporó el permiso posnatal parental.
  • citaexternal #ción contra la Mujer (artículos 1°, 2° y 11) y la Ley N° 20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación; 18°. Que, en tercer lugar, tampoco hay hijos de pr
  • citaexternal #, para programas sociales (artículo 3°, letra d), Ley N° 20.530). Pero aquí estamos haciendo un examen de constitucionalidad, no una definición de programas o polí
  • aplicaexternal #n empleadora, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley N° 18.196”. Es decir, no procede subsidio sino remuneración, aunque el monto del subsidio se traspasa al empl
  • fundaexternal #constitucionales de los números 2°, 18° y 24° del artículo 19 de la Constitución Política. De esta manera, para resolver el asunto, es necesario aclarar si existe una desigualdad d
  • aplicaexternal #ost natal, 4 que seguirá siendo regido por el artículo 197 bis del Código del Trabajo y por las normas del DFL N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social ya aludido.
  • aplicaexternal #a que si fueran lo mismo bastaba con modificar el artículo 195 del Código del Trabajo aumentando el número de semanas de descanso. Expone que tanto este Tribunal como la Superintenden
  • aplicaexternal #lar el descanso posnatal parental al descanso del artículo 195 del Código del Trabajo, pues el legislador los ha diferenciado claramente en varias normas, siendo imposible hacer una int
  • aplicaexternal # certificación médica o de matrona. De acuerdo al artículo 197 del Código del Trabajo, para hacer uso del descanso de maternidad deberá presentarse al jefe del establecimiento, empresa,
  • aplicaexternal # 2250, ya aludida); DECIMOSEXTO: Que dispone el artículo 194 del Código del Trabajo que la protección a la maternidad “se regirá por las disposiciones del presente título y quedan suj
  • citaexternal #itucionalidad por esta Magistratura en el proceso Rol N° 2025-11 y que su aplicación al caso sub lite vulnera la protección constitucional de la familia a que se re
  • citaexternal #ma lo expresado por esta Magistratura en la causa Rol N° 2025-2011, al resolver la cuestión de la supresión en trámite parlamentario del tope del subsidio, inicialmen
  • citasentencia #1585a forma que lo hace la sentencia de este Tribunal Rol N° 2250, de junio de 2013; II.- PERMISO POSNATAL POR MATERNIDAD Y PARENTAL. SEXTO: El permiso posnatal
  • citalaw #30210texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, de donde emana el derecho a percibir la totalidad de la remuneració
  • citalaw #258959(artículo 83). De la misma forma, lo regulaban la Ley N° 8.282, de 1945 (artículo 56), y el D.F.L. N° 3.740, de 1930. Sin embargo, la Ley N° 4.054, del año 1924,
  • citalaw #24431), y el D.F.L. N° 3.740, de 1930. Sin embargo, la Ley N° 4.054, del año 1924, establecía un subsidio del 25% del sueldo. Lo que varió a lo largo del tiempo fue la
  • citalaw #29617 el artículo 12, incisos primero y segundo, de la Ley N° 18.196, de 29 de diciembre de 1982; VIGESIMOPRIMERO: Que, en las condiciones señaladas, resulta obvio qu
  • citalaw #29427, así como en las disposiciones pertinentes de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: QUE SE RECHAZA EL REQUERIMIENT
  • citalaw #288019cluye que el artículo 153 del DFL N° 1, de 2006, del Ministerio de Salud, se refiere a licencias y a prestaciones de m
  • citalaw #23477refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469”. Cabe hacer presente que el precepto a que se alu
  • citalaw #269892 por hijo nacido vivo (artículos 74 y siguientes, Ley N° 20.255); 5°. Que otro de los mecanismos de protección de la maternidad es el descanso por maternidad, cono