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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-Inadmisibilidad

Tribunal Constitucional·Rol 2360

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Sumario

Santiago, dos de enero de dos mil trece. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 28 de noviembre del año en curso, doña Beatriz Riveros Sepúlveda, representada por el abogado Alfredo Boettiger Bacigalupo, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 15 de la Ley N° 18.020 y del artículo 151 de la Ley N° 18.834, para que surta efectos en el proceso caratulado ”Riveros con I. Municipalidad de Concepción”, Rol N° 290-2012, sustanciado ante la Corte de Apelaciones de Concepción; 2°. Que, a fojas 23, el señor Presidente del Tribunal ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura, que lo admitió a tramitación con fecha 10 de diciembre de 2012; 3°. Que al pronunciarse esta Sala, integrada por cuatro Ministros, sobre la admisibilidad del requerimiento, se produjo empate de votos; 4°. Que el artículo 92 de la Constitución Política establece, en la primera parte de su inciso quinto, que “El Tribunal f...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 84

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Normas y sentencias citadas

  • aplicaexternal #n de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 15 de la Ley N° 18.020 y del artículo 151 de la Ley N° 18.834, para que surta efectos en el proceso caratulado ”Riveros co
  • aplicaexternal #nalidad del artículo 15 de la Ley N° 18.020 y del artículo 151 de la Ley N° 18.834, para que surta efectos en el proceso caratulado ”Riveros con I. Municipalidad de Concepción”, Rol
  • fundaexternal #rimiento, se produjo empate de votos; 4°. Que el artículo 92 de la Constitución Política establece, en la primera parte de su inciso quinto, que “El Tribunal funcionará en pleno o
  • fundaexternal #asuntos a que se refieren los números 6° y 7° del artículo 93 de la Constitución Política; 6°. Que el presente proceso es de aquellos a que alude el numeral 6° del artículo 93 de l
  • citaexternal #ado ”Riveros con I. Municipalidad de Concepción”, Rol N° 290-2012, sustanciado ante la Corte de Apelaciones de Concepción; 2°. Que, a fojas 23, el señor Presidente
  • citaexternal #scriben. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N° 2360-12-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su President
  • citalaw #30210o 15 de la Ley N° 18.020 y del artículo 151 de la Ley N° 18.834, para que surta efectos en el proceso caratulado ”Riveros con I. Municipalidad de Concepción”, Rol
  • citalaw #29427s 8°, 9°, 83, 84 y demás normas pertinentes de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: Que no habiéndose obtenido la m
  • citalaw #29448ad por inconstitucionalidad del artículo 15 de la Ley N° 18.020 y del artículo 151 de la Ley N° 18.834, para que surta efectos en el proceso caratulado ”Riveros co