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Tribunal Constitucional·Rol 2390

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Sumario

1 Santiago, veintitrés de enero de dos mil trece. VISTOS Y CONSIDERANDO: I. NORMAS DEL PROYECTO DE LEY REMITIDAS PARA SU CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD. 1.- Que, por oficio Nº 10.541, de 20 de diciembre de 2012, la Cámara de Diputados ha enviado el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, Boletín Nº 8091-21, que modifica, en el ámbito de la sustentabilidad de recursos hidrobiológicos, acceso a la actividad pesquera industrial y artesanal y regulaciones para la investigación y fiscalización, la Ley General de Pesca y Acuicultura, N° 18.892, a fin de que este Tribunal, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 1°, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto del artículo 55 Q que incorpora en la Ley General de Pesca y Acuicultura el numeral 60), así como de los numerales 103), 107), letra a), 108) y 120) (en lo relativo a los artículos 153 y 154, que reemplaza, de la menci...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 20

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Normas y sentencias citadas

  • aplicaexternal #metido a examen, que modifica el inciso final del artículo 124 de la Ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura, es propio de la ley orgánica constitucional a que alude el artícul
  • aplicaexternal #oyecto de ley sometido a examen, que reemplaza el artículo 130 de la Ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura, en tanto establece una nueva atribución de los tribunales para det
  • aplicaexternal #ulo 153 y los incisos primero y segundo del nuevo artículo 154 de la Ley N° 18.892, 10 General de Pesca y Acuicultura, que introduce el numeral 120) del artículo 1° permanente de
  • aplicaexternal #control, en tanto modifica el inciso primero del artículo 129 de la Ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura, en lo relativo al régimen de incautación de bienes por los fisc
  • aplicaexternal #etido a examen, que modifica el inciso final del artículo 124 de la Ley N° 18.692, General de Pesca y Acuicultura, no es contrario a la Constitución Política de la República; 17
  • fundaexternal #n de los proyectos de ley de esta naturaleza, el artículo 77 de la Constitución, cuya respuesta se ha tenido a la vista, esta Magistratura Constitucional debe zanjar dichos rep
  • fundaexternal #s mayorías requeridas por el inciso segundo del artículo 66 de la Constitución; VII. NORMAS ORGÁNICAS CONSTITUCIONALES DEL PROYECTO DE LEY REMITIDO QUE EL TRIBUNAL DECLARARÁ C
  • citaexternal #ención, la Ministra señora Marisol Peña Torres. Rol Nº 2390-2012-CPR. 24 Pronunciada por el Pleno del Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por su President
  • citasentencia #488ende, por ejemplo de la sentencias recaída en el Rol N° 2245 (considerando 6°); 2°. Que los órganos que se crean en los nuevos artículos 153 y 154 que se int
  • citalaw #29427ca y lo dispuesto en los artículos 34 a 37 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE DECLARA: 1°. Que este Tribunal Consti
  • citalaw #29967 la Administración Pública que se establece en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; IV. NORMAS DEL PROYEC
  • citalaw #30265103) del artículo 1° permanente, que modifica la Ley N° 18.892, General de Pesca y Acuicultura: “Reemplázase, en el inciso final del artículo 124, la frase “al
  • citalaw #30074modifica el inciso final del artículo 124 de la Ley N° 18.692, General de Pesca y Acuicultura, no es contrario a la Constitución Política de la República; 17