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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-Inadmisibilidad

Tribunal Constitucional·Rol 2397

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Sumario

1 Santiago, treinta y uno de enero de dos mil trece. Proveyendo a fojas 21, a sus antecedentes. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que, con fecha 7 de enero de 2013, el abogado Francisco Cox Vial, en representación de Esteban Sánchez Hermosilla, ha deducido requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 5°, N° 3°, en relación con los artículos 6°, 10 y 11, todos del Código de Justicia Militar, en la causa seguida ante el 8° Juzgado de Garantía de Santiago bajo el RUC N° 1210008877-9, RIT N° 2553-2012, que se encontraría actualmente pendiente ante la Corte de Apelaciones de Santiago bajo el Rol N° 3438-2012-RPP; 2º. Que el artículo 93, inciso primero, Nº 6º, de la Constitución Política establece que es atribución de este Tribunal Constitucional “resolver, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en cualquier gestión que se siga ante un tribunal ordinario o especial, resulte contraria a la Constituci...

Considerandos

  1. Considerando 2

    #
  2. Considerando 5

    #

Normas y sentencias citadas

  • fundaexternal #ecen: “Artículo 79.- En el caso del número 6° del artículo 93 de la Constitución Política, es órgano legitimado el juez que conoce de una gestión pendiente en que deba aplicarse el
  • citaexternal # ante la Corte de Apelaciones de Santiago bajo el Rol N° 3438-2012-RPP; 2º. Que el artículo 93, inciso primero, Nº 6º, de la Constitución Política establece que es at
  • citaexternal #nocido de la gestión judicial invocada. Archívese Rol N° 2397-13-INA. 7 Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Pre
  • citalaw #29427mente se complementa con la que se contiene en la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. Así, el inciso primero del artículo 82 de dic