Saltar al contenido
Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 2426

Modo lectura

Sumario

1 Santiago, veintisiete de marzo de dos mil catorce. VISTOS: Con fecha 13 de marzo de 2013, la empresa concesionaria del servicio público de distribución y venta de energía eléctrica Energía de Casablanca S.A., representada por el abogado Manuel Pfaff Rojas, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 16 B de la Ley N° 18.410 -que Crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles-, para que surta efectos en el proceso sobre recurso de reclamación, sustanciado ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, bajo el Rol N° 2148-2012. El texto del precepto legal objetado en autos dispone: “Artículo 16 B.- Sin perjuicio de las sanciones que correspondan, la interrupción o suspensión del suministro de energía eléctrica no autorizada en conformidad a la ley y los reglamentos, que afecte parcial o íntegramente una o más áreas de concesión de distribución, dará lugar a una compensación a los usuarios sujetos a regulación de precios afectados, de ...

Considerandos

  1. Considerando 1

    #
  2. Considerando 2

    #
  3. Considerando 3

    #
  4. Considerando 4

    #
  5. Considerando 5

    #
  6. Considerando 6

    #
  7. Considerando 7

    #

Normas y sentencias citadas

  • aplicaexternal #tos al Pleno, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el requerimiento fue comunicado a la Cámara d
  • citaexternal #te la Corte de Apelaciones de Valparaíso, bajo el Rol N° 2148-2012. El texto del precepto legal objetado en autos dispone: “Artículo 16 B.- Sin perjuicio de las sanci
  • citaexternal #e otra persona, debe ser reparado por ésta.” (STC Rol N° 943, considerando 19°); 8°. Que, en el caso de las empresas eléctricas, el principio general de respon
  • citaexternal #otifíquese, comuníquese, regístrese y archívese. Rol N° 2426-13-INA. SRA. PEÑA SR. BERTELSEN SR. VODANOVIC SR. FERNÁNDEZ SR. CARMONA 27 SR. ARÓSTI
  • citalaw #286731consolidado fue fijado por el DFL N° 4, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 2007, la que consagra
  • citasentencia #1511 demás, este Tribunal ha sostenido enla sentencia Rol N° 2356, recaída sobre esta misma materia, que “el único efecto sistémico que podría generarse con la decla
  • citalaw #29819 por inconstitucionalidad del artículo 16 B de la Ley N° 18.410 -que Crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles-, para que surta efectos en el proceso
  • citalaw #137421ombustibles, conforme al texto introducido por la Ley N° 19.613, artículo 1°, N° 5, en la reclamación de ilegalidad que sustancia la Corte de Apelaciones de Valpar
  • citalaw #29427onformidad a lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el requerimiento fue comunicado a la Cámara d