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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-Inadmisibilidad

Tribunal Constitucional·Rol 2434

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Sumario

1 Santiago, catorce de mayo de mayo de dos mil trece. VISTO Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 28 de marzo de 2013, el abogado ANDRES ERBETTA MATTIG, en representación judicial de PREUNIVERSITARIO PEDRO DE VALDIVIA LIMITADA, ha deducido un requerimiento ante esta Magistratura Constitucional a fin de que declare la inaplicabilidad por inconstitucionalidad del inciso primero del artículo 57 de la Ley N° 19.880 y del artículo 172 del Código Sanitario, en el marco del recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia dictada por el 15° Juzgado Civil de Santiago, en el procedimiento de reclamación judicial de la multa impuesta por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, que se encuentra actualmente pendiente ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, Rol I.C. N° 7969-2012; 2°. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 6º, de la Constitución, es atribución de este Tribunal “resolver, por la mayoría de sus mie...

Considerandos

  1. Considerando 10

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Normas y sentencias citadas

  • aplicaexternal #d por inconstitucionalidad del inciso primero del artículo 57 de la Ley N° 19.880 y del artículo 172 del Código Sanitario, en el marco del recurso de apelación interpuesto en contra
  • aplicaexternal #primero del artículo 57 de la Ley N° 19.880 y del artículo 172 del Código Sanitario, en el marco del recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia dictada por el 15° Juzg
  • aplicaexternal #e conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 171 del Código Sanitario, que se tramitó ante ante el 15° Juzgado Civil de Santiago. Dicha reclamación judicial se fundament
  • citaexternal #actora en el sentido de plantear que la sentencia Rol 7387 de 29 de octubre de 2010, no se encontraba ejecutoriada por encontrarse pendiente un recurso, inter
  • citaexternal #la base indispensable de la acción ejercitada(STC Rol N° 1780); 19°. Que, en la especie, el requerimiento carece además de fundamento plausible, toda vez que no
  • citaexternal # Notifíquese por carta certificada a las partes. Rol Nº 2434-13-INA. Sr. Bertelsen Sra. Peña Sr. Carmona Sr. García 10 Sra. Brahm Pronuncia
  • citalaw #29427mente se complementa con la que se contiene en la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, que en su artículo 84 establece: “Procederá
  • citalaw #210676onalidad del inciso primero del artículo 57 de la Ley N° 19.880 y del artículo 172 del Código Sanitario, en el marco del recurso de apelación interpuesto en contra