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Tribunal Constitucional·Rol 2446

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Sumario

1 Santiago, veintiséis de abril de dos mil trece. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, por oficio Nº 10.683, de 18 de abril de 2013 -ingresado a esta Magistratura el mismo día-, la Cámara de Diputados ha remitido copia del proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que perfecciona las disposiciones introducidas por la Ley N° 20.568, en materia de inscripción automática y sistema de votaciones (Boletín Nº 8819-06), con el objeto de que este Tribunal Constitucional, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 1º, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto de los artículos 1°, 2°, 3° y 4° del proyecto; SEGUNDO.- Que el Nº 1º del inciso primero del artículo 93 de la Carta Fundamental establece que es atribución de este Tribunal Constitucional: “Ejercer el control de constitucionalidad de las leyes que interpreten algún precepto de la Constitución, de las leyes orgánicas constitucionales y de las norm...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 20

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Normas y sentencias citadas

  • citaexternal #perfecciona las disposiciones introducidas por la Ley N° 20.568, en materia de inscripción automática y sistema de votaciones (Boletín Nº 8819-06), con el objeto d
  • citaexternal # Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 20.640, que Establece el Sistema de Elecciones Primarias para la Nominación de Candidatos a Presidente de
  • citaexternal # constituyente en la reforma constitucional de la Ley N° 20.337, del año 2009. Se trataba de transitar desde un régimen de inscripción personal en donde la obligac
  • aplicaexternal #n Padrón Electoral diferente del que establece el artículo 33 de la ley N°18.556, y que fue sometido a los procesos de auditoría y reclamación señalados en el párrafo 2° del Título
  • aplicaexternal #lector concurra solo a sufragar de conformidad al artículo 61 de la ley N°18.700, y que las cédulas entregadas a los electores para las primarias de cada cargo y los candidatos que
  • aplicaexternal #irán las penas señaladas en el inciso primero del artículo 137 de la ley N°18.700, los vocales de mesa que no tomen los resguardos señalados en el inciso anterior para mantener la r
  • aplicaexternal #recepto dará lugar a la sanción contemplada en el artículo 142 de la ley N°18.700, aplicándose en estos casos los procedimientos judiciales señalados en el Párrafo 2° del Título VII
  • aplicaexternal #hará conforme al número 5) del inciso primero del artículo 71 de la ley N°18.700. d) Para cada primaria de partido o pacto electoral se levantará un acta separada, conforme a lo se
  • aplicaexternal #rá un acta separada, conforme a lo señalado en el artículo 72 de la ley N°18.700. Para el despliegue de los escrutinios preliminares que dé a conocer el Servicio Electoral conforme
  • aplicaexternal #ue dé a conocer el Servicio Electoral conforme al artículo 175 bis de la ley N°18.700 y para el de los Colegios Escrutadores señalados en el artículo 95 de la misma ley, se considerará
  • aplicaexternal #ormidad con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 49 de la ley N° 18.700. La asistencia a dicha capacitación será voluntaria. A los vocales que concurran a la capacitación
  • aplicaexternal #n los últimos quince años.”; DECIMOCTAVO.- Que el artículo 30 de la Ley N° 18.556, referido al Padrón Electoral, dispone: “El Servicio Electoral deberá elaborar un Padrón Electoral,
  • aplicaexternal #n definitiva, conforme al inciso cuarto del nuevo artículo 23 de la Ley N° 20.640, agregado por el numeral 4) del artículo 3° del proyecto de ley remitido, se establece una pena de
  • aplicaexternal #reemplazar esta disposición el inciso primero del artículo 62 de la Ley N° 18.700, sobre Votaciones Populares y Escrutinios, señalando que al momento de la votación, para identifica
  • aplicaexternal #el artículo 1° del proyecto bajo examen agrega al artículo 10 de la Ley N° 18.556, así como del numeral 4) del mismo artículo 1°, con el voto en contra de los Ministros señores Hern
  • aplicaexternal #ctoral se publica en virtud de lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.556, Orgánica Constitucional sobre Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, a objeto de que cual
  • fundaexternal #O DEL PROYECTO DE LEY REMITIDO. CUARTO.- Que el artículo 18 de la Constitución Política dispone: “Habrá un sistema electoral público. Una ley orgánica constitucional determinará
  • fundaexternal #ose del caso establecido en el inciso segundo del artículo 26 de la Constitución Política. 11 Los locales de votación, con el detalle de las mesas receptoras de sufragios que f
  • fundaexternal #lectores con derecho a sufragio. Por su parte, el artículo 13 de la Constitución Política de la República dispone que “son ciudadanos los chilenos que hayan cumplido dieciocho años
  • fundaexternal #fieran” (inciso segundo); y el inciso primero del artículo 15 de la Constitución, señala que “en las votaciones populares, el sufragio será personal, igualitario, secreto y volunta
  • fundaexternal #de calificación tres meses antes de la elección” (artículo 9 de la Constitución de 1833). Sin embargo, “el artículo 16 de la Ley de Elecciones de 1874 estableció que se presumía d
  • citasentencia #2113rar un objetivo constitucionalmente válido” (STC. Rol 1518, considerando 14), en cuanto grava el derecho fundamental a la libertad personal en forma asimétric
  • citaexternal #cciones primarias, ejercen una carga pública (STC Rol N° 2324-12-CPR, considerando 25°). Luego, el artículo 19, N° 20°, de la Constitución Política asegura a todas
  • citaexternal #ia Rol N° 53 y también el año 2011, por sentencia Rol N° 2152, cuando el artículo fue modificado por la Ley N° 20.568, que incorporó el pasaporte como documento
  • citaexternal #a la Cámara de Diputados, regístrese y archívese. Rol N° 2446-13-CPR. 65 Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por su Presidente, Ministr
  • citalaw #141599as bases de datos (artículos 2°, 6°, 12, 13 y 15, Ley N° 19.628). La Ley N° 19.628 debe ser respetada por el Servicio Electoral (artículo 4°, inciso tercero, Ley N
  • citalaw #30082 Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios: 1) Modifícase el artículo 8° e
  • citalaw #30077 Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue f
  • citalaw #29427 como lo prescrito en los artículos 48 a 51 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1º. Que las disposiciones contenidas
  • citalaw #29951 Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 18.556, orgánica constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral: 5 1)
  • citalaw #210676vicio Electoral podría aplicar supletoriamente la Ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos. Este texto legal reconoce el derecho de los afe