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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 2503

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Sumario

1 Santiago, trece de marzo de dos mil catorce. VISTOS: Con fecha 1° de agosto de 2013, el abogado Mauricio Andrés Vega Riveros, en representación de Alejandra Loretto Anabalón Zunino, Carolina Angélica Pardo Muñoz, Liada Edith Secchi Azolas, Carolina Cecilia Fuentes Remy- Maillet, Ana Victoria Quintana Olguín, Fiscales del Ministerio Público, y de la Asociación Nacional de Fiscales del Ministerio Público, en favor de las abogadas y Fiscales del Ministerio Público Pamela Andrea Contreras Matus, Gabriela Alejandra Sonia Fuenzalida Suárez y Claudia Marcela Alejandra Barraza Alarcón, ha solicitado la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la primera parte del inciso segundo del artículo 6° de la Ley N° 20.545, que modificó las normas sobre protección a la maternidad e incorporó el permiso postnatal parental. El precepto cuya aplicación se cuestiona, referido a la base de cálculo del subsidio del nuevo permiso posnatal parental para los funcionarios públicos, disp...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 20

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Normas y sentencias citadas

  • citalaw #288019a impugnada (artículo 153 del DFL N° 1, del Ministerio de Salud, del año 2006, dispone que los funcionarios públicos t
  • citalaw #29872ernidad, bajo las normas del texto original de la Ley N° 18.469, que estableció para los funcionarios regidos por el Estatuto Administrativo el derecho a la manten
  • citaexternal #ra parte del inciso segundo del artículo 6° de la Ley N° 20.545, que modificó las normas sobre protección a la maternidad e incorporó el permiso postnatal parental
  • citaexternal #ción contra la Mujer (artículos 1°, 2° y 11) y la Ley N° 20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación; 32 18°. Que, en tercer lugar, tampoco hay hijo
  • citaexternal #, para programas sociales (artículo 3°, letra d), Ley N° 20.530). Pero aquí estamos haciendo un examen de constitucionalidad, no una definición de programas o polí
  • aplicaexternal #n empleadora, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley N° 18.196”. Es decir, no procede subsidio sino remuneración, aunque el monto del subsidio se traspasa al empl
  • aplicaexternal # de inadmisibilidad prevista en el numeral 2° del artículo 84 de la Ley N° 17.997, desde el momento que hay dos sentencias anteriores de esta misma Magistratura que desestimaron sen
  • fundaexternal #constitucionales de los números 2°, 18° y 24° del artículo 19 de la Constitución Política. De manera que, para resolver el asunto, es necesario aclarar si existe una desigualdad de
  • citaexternal #icamente a las mujeres, tal como lo estableció la Ley 20.680; por la otra, que esto no es un peso que éstas deban soportar de manera desigual, asumiendo con ell
  • aplicaexternal #ue el resto del artículo 6° deja firmes, junto al artículo 197 bis del Código del Trabajo y a las 4 normas del Decreto con Fuerza de Ley N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Pre
  • aplicaexternal #nisterio del Trabajo y Previsión Social, y la del artículo 197 del Código del Trabajo. En el sector público, en cambio, rige la norma del artículo 6° de la Ley N° 20.545, con disposició
  • aplicaexternal # que si fueran lo mismo, bastaba con modificar el artículo 195 del Código del Trabajo aumentando el número de semanas. Expone que tanto este Tribunal como la Superintendencia de Seguri
  • aplicaexternal #e acuerdo a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 201 del Código del Trabajo; DECIMOSEGUNDO: Que en ninguno de los dos tipos de postnatal se trata de un subsidio remuneraciona
  • aplicaexternal #y 2357, ya aludidas); DECIMOSEXTO: Que, según el artículo 194 del Código del Trabajo, la protección a la maternidad se regirá por las disposiciones del presente título y quedan sujetos
  • citasentencia #1564or similares razones a las que se invocaron en el rol N° 2357, razón por la cual se sentenciará de igual manera; SEGUNDO: En primer lugar, la pretendida infracc
  • citaexternal #ma lo expresado por esta Magistratura en la causa Rol N° 2025-2011, al resolver la cuestión de la supresión en trámite parlamentario del tope del subsidio, inicialmen
  • citaexternal #Notifíquese, comuníquese, regístrese y archívese. Rol N° 2503-13-INA. | Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por su Presidenta, Minis
  • citalaw #30210texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, de donde emana el 15 derecho a percibir la totalidad de la remu
  • citalaw #258959 (artículo 83). De la misma forma lo regulaban la Ley N° 8.282, de 1945 (artículo 56), y el D.F.L. N° 3.740, de 1930. Sin embargo, la Ley 27 N° 4.054, del año
  • citalaw #29617 el artículo 12, incisos primero y segundo, de la Ley N° 18.196, de 29 de diciembre de 1982; VIGESIMOPRIMERO: Que, en las condiciones señaladas, resulta obvio que
  • citalaw #29427n de lo dispuesto en el artículo 84, N° 2°, de la Ley N° 17.997, teniendo en cuenta lo ya resuelto en los fallos de los roles N°s 2250 y 2357. En dichas inaplicabi
  • citalaw #23477refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469”. Cabe hacer presente que el precepto aludido en la
  • citalaw #269892 por hijo nacido vivo (artículos 74 y siguientes, Ley N° 20.255); 5°. Que otro de los mecanismos de protección de la maternidad es el descanso por maternidad, con