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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-Inadmisibilidad

Tribunal Constitucional·Rol 2524

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Sumario

1 Santiago, veintinueve de octubre de dos mil trece. Proveyendo a fojas 62, agréguese a los autos el oficio del Sexto Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Santiago y téngase por cumplido lo ordenado a fojas 43. A lo principal y segundo otrosí de fojas 296, téngase presente, y al primer otrosí, a sus antecedentes. A lo principal y segundo otrosí de fojas 299, téngase presente, y al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado conferido. A lo principal de fojas 309, téngase por evacuado el traslado conferido, y al otrosí, estése a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que, por resolución de 1° de octubre de 2013 (fojas 43), esta Sala admitió a tramitación el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducido en estos autos por Washington Eduardo Vidal Duarte y Luis Alberto Sánchez Palma respecto del artículo 364 del Código Procesal Penal, en la causa seguida en su contra por presuntos delitos tributarios y de asociación ilícita, que se encuentra actual...

Considerandos

  1. Considerando 6

    #
  2. Considerando 10

    #

Normas y sentencias citadas

  • aplicaexternal # Duarte y Luis Alberto Sánchez Palma respecto del artículo 364 del Código Procesal Penal, en la causa seguida en su contra por presuntos delitos tributarios y de asociación ilícita, que se
  • citaexternal #64, C. 17º, Nº 966, C. 6º, Nº 1003, C. 4º)…” (STC Rol N° 1443, C. décimo); y que “la acción deducida no tiene por objeto la impugnación de un precepto legal prec
  • citaexternal #noce de la gestión judicial pendiente. Archívese. Rol N° 2524-13-INA. Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presi
  • citasentencia #756n en su misma condición actual de imputado…” (STC Rol N° 1512, C. sexto y séptimo); 7°. Que, además, en los términos planteados, el precepto cuestionado no es de
  • citalaw #29427mente se complementa con la que se contiene en la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, que en su artículo 84 establece: “Procederá d