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TC Rol 2555

Tribunal Constitucional·Rol 2555

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Sumario

1 Santiago, treinta de diciembre de dos mil trece. Proveyendo a lo principal, y segundo, tercer y cuarto otrosíes de fojas 134, téngase presente, y al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado conferido. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que, por resolución de 8 de diciembre de 2013, esta Sala admitió a tramitación el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducido en estos autos por Héctor González Gajardo respecto del artículo 20 de la Ley N° 19.234, modificado por la Ley N° 19.582, en los autos sobre recurso de apelación caratulados “González con Fisco de Chile”, de que conoce la Corte de Apelaciones de Chillán bajo el Rol N° 371-2013. En la misma resolución, para resolver acerca de la admisibilidad del requerimiento, se confirió traslado por el plazo de diez días al Fisco de Chile, traslado que fue evacuado en tiempo y forma; 2º. Que el artículo 93, inciso primero, Nº 6º, de la Constitución Política establece que es atribución de este Tribunal Constitucional...

Considerandos

  1. Considerando 4

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Normas y sentencias citadas

  • citalaw #123526rtículo 20 de la Ley N° 19.234, modificado por la Ley N° 19.582, en los autos sobre recurso de apelación caratulados “González con Fisco de Chile”, de que conoce l
  • aplicaexternal #os autos por Héctor González Gajardo respecto del artículo 20 de la Ley N° 19.234, modificado por la Ley N° 19.582, en los autos sobre recurso de apelación caratulados “González con
  • citaexternal #conoce la Corte de Apelaciones de Chillán bajo el Rol N° 371-2013. En la misma resolución, para resolver acerca de la admisibilidad del requerimiento, se confirió tr
  • citaexternal #noce de la gestión judicial pendiente. Archívese. Rol N° 2555-13-INA. 5 Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Pre
  • citalaw #30601r González Gajardo respecto del artículo 20 de la Ley N° 19.234, modificado por la Ley N° 19.582, en los autos sobre recurso de apelación caratulados “González con
  • citalaw #29427mente se complementa con la que se contiene en la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, que en su artículo 84 establece: “Procederá d