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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 2561

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Sumario

Santiago, treinta de diciembre de dos mil trece. VISTOS: I.- Precepto legal impugnado en autos y gestión pendiente en la que incidirá el pronunciamiento. Con fecha 6 de diciembre de 2013, don Antonio Horvath Kiss ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la letra c) del artículo 248 del código Procesal Penal, para que surta efectos en el proceso sobre delito de incendio, RIT 594-2012, sustanciado ante el Tribunal de cGarantía de Coyhaigque y que actualmente se tramita, en sede de apelación, ante la Corte de Apelaciones de esa ciudad, bajo el Rol N* 129-2013. El texto del precepto legal objetado en autos dispone: “Artículo 248- Cierre de la investigación. Practicadas las diligencias necesarias para la averiguación del hecho punible y sus autores, cómplices o encubridores, el fiscal declarará cerrada la investigación y podrá, dentro de los diez días siguientes: (.) c) Comunicar la decisión del ministerio público de no perseverar en el procedim...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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Normas y sentencias citadas

  • aplicaexternal #, Ley 19.640, artículo 32, letra g), Ley 19.640, artículo 19 Ley 19.640, artículo 14 del código Orgánico de Tribunales (COT) y 80 A constitucional). En segundo lugar, está
  • aplicaexternal #o administrativas (artículo l109, letra f), CPP; artículo 33 Ley 19.640; artículo 167 CPP; artículo 7% Ley 19.640; Libro III CPP). Finalmente, existe lo que se engloba en
  • fundaexternal #cionados con el debido proceso, asegurados en el artículo 19 constitucional. III.- Argumentaciones del requirente. A efectos de fundar su requerimiento, se refiere inicialm
  • fundaexternal # Política. Recuerda al efecto lo dispuesto en el artículo 83 de la Constitución y expone que el sistema desarrollado por el Código Procesal Penal busca dar cumplimiento a sus mand
  • aplicaexternal #lidad por inconstitucionalidad de la letra c) del artículo 248 del código Procesal Penal, para que surta efectos en el proceso sobre delito de incendio, RIT 594-2012, sustanciado ante el
  • aplicaexternal #curso de apelación con base en lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal. En cuanto al derecho. Sostiene el requirente que la aplicación del precepto reprochado vulnera l
  • aplicaexternal #rte, tampoco ejerció la facultad que le otorga el artículo 257 del código Procesal Penal. Agrega que, en la investigación que llevó a cabo el Ministerio Público, se realizaron diversas act
  • aplicaexternal #icientes para acusar. A su vez, según lo exige el artículo 249 del código Procesal Penal, la decisión de mno perseverar debe 10 comunicarse en una audiencia especialmente convocada al
  • aplicaexternal #os del artículo 258 CPP.; 57%. Que, a su vez, el artículo 186 del código Procesal Penal prescribe lo siguiente: Artículo 186.- Control judicial anterior a la formalización de la investiga
  • aplicaexternal #anterior a la formalización de la investigación (artículo 186 del código Procesal Penal) . VI.- CONCLUSIONES. 41 l.- SOBRE 10 IMPUGNADO: NORMA OBJETADA Y CONTEXTO. A) El precepto leg
  • aplicaexternal #cho del querellante de poder forzar la acusación (artículo 258 del código Procesal Penal), manifestación principal del derecho constitucional a ejercer la acción penal (artículo 83, inci
  • aplicaarticle #1827cesal Penal). (5) El forzamiento de la acusación (artículo 258 del código Procesal Penal). (6) Control judicial anterior a la formalización de la investigación (artículo 186 del código Pr
  • aplicaexternal #terior a la formalización de la investigación del artículo 186 del Código Procesal Penal (STC, Rol N* 1341, considerando 84”); B) Análisis sobre la insuficiencía o impertinencia de los r
  • aplicaexternal #para formalizar “cuando (lo) considere oportuno” (artículo 230 del Código Procesal Penal). El problema de la inexistencia de formalización por parte del ente persecutor es acertadamente i
  • aplicaexternal #n en un hecho criminal, conforme al inciso 1% del artículo 79 del Código Procesal Penal, o bien a quienes por dichos o actos públicos de agentes de la Policía o de persecución penal se l
  • aplicaexternal #con ello los derechos y garantía indicados en el artículo 93 del Código Procesal Penal. Entonces, claro está que la norma aludida privilegia los derechos de los imputados frente a la per
  • citalaw #75674 consecuencia de la reforma en estudio, la misma Ley N 19.519 modifica el precepto constitucional recién citado exigiendo “un procedimiento y una investigación r
  • citalaw #1454373 CPP, artículo 109, letra a), CPP, artículo 1*% Ley 19.640, artículo 20, letra £f), Ley 19.640, artículo 34, letra e), Ley 19.640, artículo 32, letra g), Le
  • citalaw #29427onformidad a lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley N 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el requerimiento fue comunicado al President