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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 2644

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Sumario

Santiago, veintisiete de enero de dos mil quince. VISTOS: Con fecha 7 de marzo de 2014, el abogado Rodrigo Marín Eterovic, en representación de Molinera del Norte S.A., ha solicitado la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los artículos 62, inciso segundo, Yy 160, ambos del Decreto con Fuerza de Ley N9 458, del Ministeriío de Vivienda y Urbanismo, del año 1975, que aprueba la nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones, hpor contravenir en su aplicación las garantías constitucionales del derecho a la libertad para desarrollar actividades económicas, del derecho de propiedad y del contenido esencial de ellas. Preceptiva legal cuestionada. Los preceptos legales cuya aplicación se impugna disponen: “Artículo 62.- Los terrenos cuyo wuso no s D conformare con los instrumentos de planificación territorial correspondientes, se entenderán congelados. En consecuencia, no podrá aumentarse en ellos el volumen de construcción existente para dicho u...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 20

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  12. Considerando 30

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  13. Considerando 40

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  14. Considerando 50

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Normas y sentencias citadas

  • fundaexternal #, garantizados por los numerales 21, 24 y 26 del artículo 19 de la Constitución Política; SEGUNDO: Que la afectación del derecho a desarrollar cualquier actividad económica que no
  • fundaexternal #os impugnados; DÉCIMO: Que el inciso undécimo del artículo 93 de la Constitución Política dispone que la admisibilidad de la acción de inaplicabilidad procede í=*iempre que s*e ve
  • fundaexternal #onal. Así, introducen modificaciones al N* 10 del artículo 10 de la Constitución Política del Estado la Ley Ne 15.295, de 8 de octubre de 1963, y la Ley 16.615, de 20 de enero de
  • fundaexternal # procede la acción de protección consagrada en el artículo 20 de la Constitución, no se aprecia cómo se puede evaluar por una Corte de Justicia si hubo o no arbitrariedad en el d
  • aplicaexternal #ado inadmisible; SÉPTIMO: Que, de acuerdo con el artículo 768 del código de Procedimiento Civil, el recurso de casación en la forma ha de fundarse en alguna de las causas en el indicada. Su prop
  • citaexternal #e traslado de la molinera, reclamo de ilegalidad rol 312- 2013 de la Corte de Apelaciones de Antofagasta. El reclamo de ilegalidad fue rechazado y la requi
  • citalaw #130884o la Ley Ne 15.295, de 8 de octubre de 1963, y la Ley 16.615, de 20 de enero de 1967; SEXAGESIMOTERCERO: Que la evolución histórica y la norma constitucional