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Tribunal Constitucional·Rol 2653

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Sumario

Santiago, treinta de abril de dos mil catorce. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, por Oficio N° 267/SEC/14, de 16 de abril del presente año, ingresado a esta Magistratura con fecha diecisiete del mismo mes y año, el H. Senado ha remitido el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que modifica la Ley N° 20.600, que crea los Tribunales Ambientales, en materia de subrogación, correspondiente al Boletín Nº 9230-07, con el objeto de que este Tribunal, conforme a la atribución que le ha sido conferida en el Nº 1º del inciso primero del artículo 93 de la Constitución Política, ejerza el control preventivo de constitucionalidad respecto del artículo único del proyecto en cuestión; SEGUNDO: Que el Nº 1º del inciso primero del artículo 93 de la Ley Fundamental establece que es atribución de este Tribunal, entre otras, “ejercer el control de constitucionalidad (...) de las leyes orgánicas constitucionales”. A su vez, el inciso segundo del mismo precepto constitucio...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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Normas y sentencias citadas

  • citaexternal #robado por el Congreso Nacional, que modifica la Ley N° 20.600, que crea los Tribunales Ambientales, en materia de subrogación, correspondiente al Boletín Nº 92
  • aplicaexternal #ROYECTO DE LEY: “Artículo único.- Reemplázase el artículo 10 de la ley N° 20.600, que crea los Tribunales Ambientales, por el siguiente: “Artículo 10.- Subrogación. Si por cualqui
  • fundaexternal #ido conferida en el Nº 1º del inciso primero del artículo 93 de la Constitución Política, ejerza el control preventivo de constitucionalidad respecto del artículo único del proy
  • fundaexternal # CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD. CUARTO: Que el artículo 77 de la Constitución Política dispone: “Una ley orgánica constitucional determinará la organización y atribuciones de
  • citaexternal #n. Comuníquese al Senado, regístrese y archívese. Rol Nº 2653-14-CPR. Sra. Peña Sr. Bertelsen Sr. Vodanovic Sr. Fernández 5 Sr. Carmona Sr. A
  • citalaw #29427ica y lo prescrito en los artículos 48 a 51 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, SE DECLARA: Que el artículo único del proyecto de