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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 2684

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Sumario

Santiago, diez de septiembre de dos mil quince. VISTOS: Con fecha 9 de julio de 2014, Curtidos Bas S.A., representada por los abogados José Luis Lara Arroyo, Luis Eugenio García-Huidobro Herrera y Patricio José Silva- Riesco Ojeda, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del inciso segundo del artículo 62 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y, en subsidio de lo anterior, ha solicitado la declaración de inaplicabilidad de una oración contenida en el aludido inciso, para que surta efectos en el proceso sobre casación en el fondo, Rol N° 16.593-2014, sustanciado ante la Corte Suprema. El texto del precepto legal objetado en autos dispone: Artículo 62, inciso segundo: “Las industrias mal ubicadas, que causen molestias o daños al vecindario, deberán trasladarse dentro del plazo que les señale la Municipalidad, previo informe del Departamento de Higiene Ambiental del Servicio Nacional de Salud y de la Secretaría Regional correspondiente del Ministe...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 20

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Normas y sentencias citadas

  • aplicaexternal #tos al Pleno, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el requerimiento fue comunicado a la Presiden
  • aplicaexternal #r inadmisible de conformidad a lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. Segunda alegación: la disposición cuestionada
  • fundaexternal #do con ello los numerales 20°, 21°, 24° y 26° del artículo 19 constitucional, respectivamente. Fundamentación. A efectos de fundar su requerimiento, la actora se refiere a lo
  • fundaexternal #rece de legitimación para recurrir de protección (artículo 20 de la Constitución) y se hace acreedor a las sanciones correspondientes, según señalados criterios de gravedad (artícu
  • aplicaexternal #“no siendo contra la ley o contra derecho ajeno” (artículo 582 del Código Civil chileno). Pero una vez aceptada esta proscripción de ir “contra derecho ajeno”, la cuestión es que
  • aplicaexternal #ambiental; DECIMOPRIMERO: Que, por otra parte, el artículo 89 del Código Sanitario encomendó a un reglamento disponer lo conveniente para la conservación y pureza del aire y evitar e
  • citaexternal #lecidos”, ha prevenido este Tribunal en sentencia Rol N° 577-2006 (considerando 13°). En este mismo sentido, en dicha ocasión, razonó que “mientras no se aprueben la
  • citaexternal #s o funcionarios que participan en su aplicación (Rol N° 198, considerando 10°). La ley es inconstitucional -ha recalcado- cuando amaga o desampara aquellos der
  • citaexternal #uente responsabilidad cuando los ha transgredido (Rol N° 389, considerando 25°, doctrina posteriormente aplicada en Rol N° 433, considerandos 30°, 31° y 34°). M
  • citaexternal #iderando 25°, doctrina posteriormente aplicada en Rol N° 433, considerandos 30°, 31° y 34°). Mismo criterio que ha servido para apuntar que las afectaciones al
  • citaexternal #ue se pueden imponer al ejercicio de tal derecho (Rol N° 370, considerando 34°); DECIMONOVENO: Que este caso concierne al derecho de propiedad, siendo su legíti
  • citaexternal #an la propiedad, según ha señalado este Tribunal (Rol N° 334, considerando 19°); OTRAS ARGUMENTACIONES. VIGESIMOTERCERO: Que el Ejecutivo ha tenido a bien exp
  • citaexternal #Notifíquese, comuníquese, regístrese y archívese. Rol N° 2684-14-INA. SR. CARMONA SRA. PEÑA SR. ARÓSTICA SR. GARCÍA SR. HERNÁNDEZ SR. ROMERO SRA. BRAHM Pronu
  • citaexternal #anismo y Construcciones en el DFL N° 458, de 1976, emitido bajo la vigencia del citado texto constitucional, entonces de
  • citalaw #5116el anterior Código Sanitario, DFL N° 226 del año 1931 (artículo 26, N° 4), ya se había dictado el DS N° 144 (Salud) del
  • citalaw #214428“daños de consideración”, no merece reparos en la Ley N° 16.282, cuando busca calificar quiénes son “damnificados” en casos de sismos y catástrofes, a los fines de
  • citalaw #30667 diferencia de lo sostenido por la requirente, la Ley N° 19.300, sobre bases generales del medio ambiente, entrega definiciones respecto a los conceptos de medio a
  • citalaw #5484ciones y Urbanización, con el DFL N° 345, de 1931. El objeto de la limitación, en cambio, consiste en restringir, acorta
  • citalaw #149306 Talca el año 1928, con este objetivo se dictó la Ley N° 4.563, que luego daría origen a la primera Ley General sobre Construcciones y Urbanización, con el DFL N°
  • citalaw #29427onformidad a lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el requerimiento fue comunicado a la Presiden
  • citalaw #29967en pos de la preeminencia del interés público, la Ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado (artículo 53). Los i