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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-Inadmisibilidad

Tribunal Constitucional·Rol 2712

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Sumario

V00TL9 Coke phisecmate Santiago, siete de octubre de dos mil catorce. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 9 de septiembre del afio en curso, Constructora Riviera Limitada, representada por el abogado Tomas Valdés, ha requerido la declaracién de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los articulos 34 y 35 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, para que surta efectos en el proceso sobre reclamo de ilegalidad, Rol N° 1017-2014, sustanciado ante la Corte de Apelaciones de Valparaiso; 2° Que, con fecha 16 de septiembre del afio en curso, esta Sala admitiOd a tramitacidn el requerimiento deducido. En la misma oportunidad, suspendisé el procedimiento en que incidiria la inaplicabilidad materia de autos y, para pronunciarse sobre la admisibilidad del requerimiento, confiriéd traslado por 10 dias a las partes de la gestién judicial aludida, y, asimismo, requiridéd que la Corte de Apelaciones competente competente enviara copia de las piezas principales de los autos Rol ...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 34

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Normas y sentencias citadas

  • aplicaexternal #de inadmisibilidad contenida en el numeral 5° del articulo 84 de la Ley N° 17.997; 6°. Que, en cuanto a la causal de inadmisibilidad de no ser decisivo el precepto reprochado para
  • citaexternal #fectos en el proceso sobre reclamo de ilegalidad, Rol N° 1017-2014, sustanciado ante la Corte de Apelaciones de Valparaiso; 2° Que, con fecha 16 de septiembre del af
  • citaexternal #iara copia de las piezas principales de los autos Rol N°1017- 2014; 3°. Que el traslado conferido para pronunciarse sobre la admisibilidad no fue evacuado; 4°.
  • citaexternal #tros que la suscriben. Notifiquese. Archivese. Rol N° 2712-14-INA. SREAROSTICA | Oyo SR BRONFMA Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucio
  • citalaw #29427itucionales pertinentes como las contenidas en la Ley N° 17.997, Organica Constitucional del Tribunal Constitucional; 5°. Que, teniendo en consideracién el mérito