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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 2722

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Sumario

Santiago, quince de octubre de dos mil quince. VISTOS: En autos Rol N* 2722, con fecha 6 de octubre de 2014, y en Rol No 2729, con data 20 de octubre de 2014, el Banco de Crédito e Inversiones ha requerido a esté Tribunal la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los artículos 289, letra a), y 292, inciso primero, del código del Trabajo y del artículo 4?, inciso primero, parte final, de la Ley N* 19.886, sobre ñ“Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”, por considerar que en su aplicación se vulneran los numerales 3% y 21% del artículo 19 de la carta Fundamental. Los preceptos legales cuya aplicación se impugna disponen: Artículo 289, letra a), del cCódigo del Trabajo: “Serán consideradas prácticas desleales del empleador, las acciones que atenten contra la libertad sindical. Incurre especialmente en esta infracción: a) El que obstaculice la formación o funcionamiento de sindicatos de trabajadores negándose injustificadam...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

    #
  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 20

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  12. Considerando 30

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Normas y sentencias citadas

  • fundaexternal #ones y su graduación, a partir del numeral 2) del artículo 63 de la Constitución Política. Agrega que se vulneran las garantías de legalidad y tipicidad, culpabilidad y presunción
  • aplicaexternal #sindical en la foma señalada en los numerales del artículo 289 del código del Trabajo. Afirma que la Corte Suprema deberá determinar el verdadero sentido y alcance del artículo 289, le
  • aplicaexternal #el principio de non bis in idem. 4Agregan que el artículo 75 del código Penal Hhabilita a imponer dos sanciones por un mismo hecho, pues la conducta sancionada es reprochable en
  • aplicaexternal #olectivas y que conoce perfectamente el fuero del artículo 309 del código del Trabajo. En cuanto a la supuesta presunción de derecho de responsabilidad, señala que la “presunción de ino
  • aplicaexternal #do grupo de impugnaciones, ¿.g%%;;ég respecto del artículo 292 del Código del Trabajo y del Y BECRETARIA artículo 4% de la Ley N* 19.886, el requirente sostiene que la aplicación de amb
  • aplicaexternal #alidad. Además que, si se tiene por referente al artículo 76 del Código Penal, tampoco las sentencias condenatorias dictadas en sede laboral hacen mención “expresamente” a las
  • citalaw #213004 así que el inciso segundo del artículo 49 de la 'Ley N 19.886 soluciona el lproblema de la competencia indebida que supone la presencia de oferentes con deudas l