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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 2773

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Sumario

000420 Santiago, veintiocho de enero de dos mil dieciséis. VISTOS: Con fechas 22 de enero, 13 de abril, 15 de junio y 6 de julio de 2015, los señores Guillermo Castro Guzmán, Julio Frías Pistono, Mauricio Barría Ruiz y Sergio Castro Moya, en autos roles N°s 2773-15-INA, 2817-15-INA, 2849- 15-INA y 2859-15-INA, respectivamente, han interpuesto sendos requerimientos a fin de que éste Tribunal Constitucional declare la inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los artículos 299, N° 3, y 433 del Código de Justicia Militar, agregando, además, la solicitud de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 431 del mismo Código los requirentes señores Castro Guzmán (Rol N° 2773),Barría Ruiz (Rol N° 2849) y ;9-\ Castro Moya (Rol N° 2859). steRnmuA Todos los requerimientos de inaplicabilidad incoados inciden en la causa del Juzgado de Aviación, Rol N° 32- 2011, sustanciada por la Ministra en Visita Extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Santiago y Presidenta de la Corte Marci...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 20

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  12. Considerando 30

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Normas y sentencias citadas

  • aplicaexternal #Dobra Lusic Nadal. Conforme a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, y teniendo en consideración que las causas ro
  • fundaexternal #ones encargadas a las Fuerzas Armadas conforme al artículo 101 de la Constitución, en concordancia con el artículo 1° de la Ley N° 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas 00Q
  • fundaexternal #DILEMA CONSTITUCIONAL. PRIMERO: Que el N° 6° del artículo 93 de la Constitución Política de la Repüblica dispone que es atribución del Tribunal Constitucional "resolver, por la ma
  • fundaexternal #va ha señalado que el inciso noveno del N° 3° del artículo 19 constitucional pareciera vedar la posibilidad de consagrar una ley penal en blanco. En efecto, con arreglo a tal
  • citaexternal # señores Castro Guzmán (Rol N° 2773),Barría Ruiz (Rol N° 2849) y ;9-\ Castro Moya (Rol N° 2859). steRnmuA Todos los requerimientos de inaplicabilidad incoados i
  • citaexternal #73),Barría Ruiz (Rol N° 2849) y ;9-\ Castro Moya (Rol N° 2859). steRnmuA Todos los requerimientos de inaplicabilidad incoados inciden en la causa del Juzgado de
  • citaexternal #ados inciden en la causa del Juzgado de Aviación, Rol N° 32- 2011, sustanciada por la Ministra en Visita Extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Santiago y
  • citaexternal # en el expediente más antiguo, correspondiente al Rol N° 2773-15-INA. 000421 r?,(A.t. tv-eiA-vu4~.0 La causa de fondo en que inciden los requerimientos de inaplica
  • citaexternal #8 y siguientes de los autos sobre inaplicabilidad Rol N° 2773-, se les imputa a los requirentes la infracción de diversas normas reglamentarias, contenidas entre
  • citaexternal #)". 2°. El requirente señor Julio Frías Pistono (Rol N° 2817), como autor de los hechos descritos, en particular": "en los consignados en el número 21) del cons
  • citaexternal #referidas normas- no sean aplicables en los autos rol N° 702-2014 de la Iltma. Corte Marcial, en relación a los autos originales signados bajo el Rol 32- 2011, segui
  • citaexternal #e7J4,4m7d"44.44.4.t, particular en la sentencia Rol N° 787. En síntesis, la aplicación de esa norma no vulnera el principio "non bis in idem" -que prohíbe cas
  • citaexternal #rcial del Ejército, Fuerza Aérea y Carabineros, y Rol 32-2011 seguido ante la Sra. Ministra en Visita Extraordinaria Dobra Lusic Nadal. Atte., Rodrigo Pica F.
  • citasentencia #1091smo Código los requirentes señores Castro Guzmán (Rol N° 2773),Barría Ruiz (Rol N° 2849) y ;9-\ Castro Moya (Rol N° 2859). steRnmuA Todos los requerimientos de
  • citasentencia #1583ación y un procedimiento racionales y justos (STC Rol N° 2045, c. 4°); ¿ONS TRIGESIMOSEGUNDO: Que el principio del ne bis in em en el ámbito del proceso penal s
  • citalaw #30318itución, en concordancia con el artículo 1° de la Ley N° 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas 00Q432 t"-f/tv'")..tubifrsta-7,,,/,„ Armadas, en la espec
  • citalaw #29427 Conforme a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, y teniendo en consideración que las causas ro