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Tribunal Constitucional·Rol 2788

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Sumario

Santiago, cinco de marzo de dos mil quince. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO. - Que, por oficio N* 11.,720, de 30 de enero del año en curso -ingresado a esta Magistratura con igual fecha-, la Cámara de Diputados ha remitido copia autenticada del proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que crea el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género y. modifica normmas legalestque indica (Boletín No 9287-06), con el objeto de que este Tribunal Constitucional, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N* 1*%, de la Constitu;ión Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto del artículo 8”, inciso primero, del proyecto; SEGUNDO.- Que el N%* 1% del inciso primero del artículo 93 de la Carta Fundamental establece que es atribución de este Tribunal Constitucional: “Ejercer el control de constitucionalidad de las leyes que interpreten algún precepto de la Constitución, de las leyes orgánicas constitucionales y de las normas de...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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Normas y sentencias citadas

  • fundaexternal #EY REMITIDO. CUARTO. - Que el inciso primero del artículo 38 de la Constitución Política establece que “fuJna ley orgánica constitucional determinará la organización básica de la
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