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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-Inadmisibilidad

Tribunal Constitucional·Rol 2837

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Sumario

Santiago, veinticuatro de junio de dos mil quince. Proveyendo a fojas 136: téngase presente. VISTO Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 19 de mayo en curso, el abogado MIGUEL ÁNGEL REYES POBLETE, en representación de doña MARIAM IVON GONZÁLEZ SALDAÑA, ha requerido a esta Magistratura la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la frase que indica,: del inciso final del artículo 258 del Código Procesal Penal, para que surta efectos en el marco del recurso de hecho, que se encuentra actualmente pendiente ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Concepción, Rol I.C. N% 88-2015; 2%. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N* 6%, de la Constitución, es atribución de este Tribunal “resolver, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en cualquier gestión que se siga ante un tribunal ordinarío o especial, resulte contraria a la Constitución”. A su turno, el inciso decimoprimero del mis...

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Normas y sentencias citadas

  • aplicaexternal # lo dispuesto en la disposición impugnada y en el artículo 370 del Código Procesal Penal; 9”. Que en este orden de cosas, el juez de garantía pudo haber arribado a idéntica determinació
  • aplicaarticle #1827dad de la frase que indica,: del inciso final del artículo 258 del Código Procesal Penal, para que surta efectos en el marco del recurso de hecho, que se encuentra actualmente pendiente an