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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-Inadmisibilidad

Tribunal Constitucional·Rol 2848

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Sumario

Santiago, veintiuno de julio de dos mil quince. VISTOS Y CONSIDERANDO: 19, Que, con fecha 11 de junio de 2015, Entretenimientos Tatán y Hermanos SpA, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del inciso primero del artículo 65 del Código Tributario, en los autos sobre recurso de apelación de sentencia definitiva, caratulados “Tatán y Hermanos Compañía Limitada con Servicio de Impuestos Internos”, de que conoce la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, bajo el Rol Tributario y Aduanero N? 10-2015; 2%. Que la Sala, para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, confirió traslado y decretó oír alegatos de admisibilidad; 3%. Que el artículo 84, N% 5, de la Ley Orgánica Constitucional de esta Magistratura dispone que: “Procederá declarar la inadmisibilidad en los siguientes casos: (...) 5. Cuando de los antecedentes de la gestión pendiente en que se promueve la cuestión, aparezca que el precepto legal impugnado no ha de tener aplicac...

Considerandos

  1. Considerando 3

    #

Normas y sentencias citadas

  • fundaexternal #er considerada un “precepto legal”, a la luz del artículo 93 de la Constitución Política, cuando tal lenguaje tenga la aptitud de producir un efecto contrario a la Constitución”
  • aplicaexternal #d por inconstitucionalidad del inciso primero del artículo 65 del Código Tributario, en los autos sobre recurso de apelación de sentencia definitiva, caratulados “Tatán y Hermanos Co
  • citaexternal #rlo y concluirlo la sentencia de inadmisibilidad Rol 626, de 16 de enero de 2007, en cuyo considerando 1*%, luego de examinar la jurisprudencia y la doctr
  • citaexternal #n artículo. (Sentencias de 31 de agosto de 2007, Rol 747 y de 31 de marzo de 2008, Rol 755)” (Sentencia de 13 de mayo de 2008, Rol N* 944). En el mismo se
  • citaexternal #gosto de 2007, Rol 747 y de 31 de marzo de 2008, Rol 755)” (Sentencia de 13 de mayo de 2008, Rol N* 944). En el mismo sentido, este Tribunal ha razonado q
  • citaexternal #ado para todos los efectos legales. Notifíquese. Rol 2848-15-INA. Pronunciada por la sSegunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada su Presiden