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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-Inadmisibilidad

Tribunal Constitucional·Rol 2851

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Sumario

Santiago, veinticuatro de junio de dos mil quince. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 18 de junio, la abogada Sara Lareu Giacaman, en representación. de Juan Miguel Guzmán Arriagada, ha requerido a esta Magistratura la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad artículo 196 de la Ley N* 18.290, en el marco de Ílos autos RIT N% 1573- 2015, RUC N* 1500346680-6 del Juzgado de Garantía de Punta Arenas; 2%. Que el inciso segundo del artículo 79 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, dispone que “si la cuestión es promovida por una parte ejerciendo la acción de inaplicabilidad, se deberá acompafñar un certificado expedido por el tribunal que conoce de la gestión judicial, en que conste la existencia de ésta, el estado en que se encuentra, la calidad de parte del reguirente y el nombre y domicilio de las partes y de sus apoderados”, en tanto que el inciso primero del artículo 82 del mismo cuerpo legal establece que: “Para ser aco...

Considerandos

  1. Considerando 1

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