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Tribunal Constitucional·Rol 2893

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Sumario

Santiago, quince de octubre de dos mil quince. VISTOS Y CONSIDERANDO: I.PROYECTO DE LEY REMITIDO. PRIMERO. - Que, por oficio N* 211/SEC/15, de 4 de septiembre de 2015 -ingresado a esta Magistratura el día 7 del mismo mes y año-, el Senado ha enviado el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que modifica el cCódigo Orgánico de Tribunales en materia de distribución de causas y asuntos de jurisdicción voluntaria (Boletín N* 9679-07), con el objeto de que este Tribunal Constitucional, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N* 1*%, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad de todo el proyecto, el que cuenta con un artículo único y un artículo transitorio; SEGUNDO.- Que el N%* 1% del inciso primero del artículo 93 de la Carta Fundamental establece que es atribución de este Tribunal Constitucional: “Ejercer el control de constitucionalidad de las leyes que interpreten algún precepto de la Constitución, de...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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Normas y sentencias citadas

  • fundaexternal #CON EL PROYECTO DE LEY REMITIDO. QUINTO.- Que el artículo 77 de la Constitución Política señala, en sus incisos primero, segundo y séptimo, lo siguiente: “Una ley orgánica const
  • fundaexternal #cer lugar, es materia de ley común, de acuerdo al artículo 63 de la Constitución, todos aquellos asuntos que sean objeto de codificación (artículo 63 N* 3); 5%. Que lo propio de l