Saltar al contenido
Cochid lexCorpus jurídico chileno
TC

CPR

Tribunal Constitucional·Rol 2910

Modo lectura

Sumario

Santiago, veintiséis de noviembre de dos mil quince. VISTOS Y CONSIDERANDO: l. ACERCA DEL PROYECTO DE LEY REMITIDO PARA SU CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD. PRIMERO. - Que, por oficio N* 239/SEC/15 de fecha 6 de octubre de 2015, ingresado a esta Magistratura el día 7 del mismo mes, el Senado ha remitido el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que crea la Subsecretaría de Derechos Humanos y establece adecuaciones en la fLey Orgánica del dMinisterio de Justicia, Boletín N* 8207-07, con el objeto de que este Tribunal Constitucional, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N* 1*%, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad a su respecto; SEGUNDO., - Que el N% 1 del inciso primero del artículo 93 de la Carta Fundamental establece que es atribución de este Tribunal Constitucional: “Ejercer el control de constitucionalidad de las leyes que interpreten algún precepto de la Constitución, de las leyes or...

Considerandos

  1. Considerando 1

    #
  2. Considerando 2

    #
  3. Considerando 3

    #
  4. Considerando 4

    #
  5. Considerando 5

    #
  6. Considerando 6

    #
  7. Considerando 7

    #
  8. Considerando 8

    #
  9. Considerando 9

    #
  10. Considerando 10

    #
  11. Considerando 11

    #
  12. Considerando 12

    #

Normas y sentencias citadas

  • fundaexternal #TUCIONALIDAD. CUARTO. - Que el inciso primero del artículo 38 de la Constitución Política establece que “una ley orgánica constitucional determinará la organización hbásica de la A
  • fundaexternal #erio de Justicia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 76 de la Constitución Política. b) Del diputado señor Juan Antonio Coloma, respecto de la letra g) del texto sustitutivo
  • fundaexternal # Por contraste, es menester tener presente que el artículo 24 de la Constitución Política señala que el gobierno y la administración del Estado corresponden al Presidente de la Rep
  • fundaexternal #bierno y administración del Estado, acorde con el artículo 33 constitucional, tendrán la responsabilidad de la conducción de sus respectivos ministerios, en conformidad con
  • fundaexternal #or mandato constitucional, al Ministerio Público (artículo 83 de la Constitución). La propia Ley Orgánica Constitucional del dMinisterio Público, en su artículo 19, establece que r
  • aplicaexternal #unal declaró expresamente que el actual texto del artículo 557 del código Civil, que consagra similar potestad, no versaba sobre materias propias de leyes orgánicas constitucional