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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 2917

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Sumario

Santiago, dieciséis de mayo de dos mil diecisiete. VISTOS: Solicitud de inaplicabilidad. Con fecha 21 de octubre de 2015, Inversiones Vilucura S.A. e Inmobiliaria PY S.A. han solicitado la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la expresión “podrán”, contenida en el inciso segundo del artículo transitorio de la Ley N* 20.791. Texto del Precepto legal cuya aplicación se impugna. El artículo transitorio de la Ley N* 20.791, que contiene la expresión impugnada, que se destaca, es del siguiente tenor: “Decláranse de utilidad pública los terrenos que hubieren sido destinados por un plan regulador o seccional a circulaciones, plazas y parques, incluidos sus ensanches, con anterioridad a las disposiciones de las leyes Nos 19.939 y 20.331. Sin perjuicio de lo dispuesto en este inciso, respecto de los terrenos cuyas declaratorias hubieren caducado en virtud de las citadas leyes, deberá respetarse la aplicación de lo establecido en el artículo 116 de la Ley General de U...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 20

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  12. Considerando 30

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Normas y sentencias citadas

  • fundaexternal #la reserva legal consagrada en el numeral 24” del artículo 19 de la Constitución Política, exige que tanto las ?3alimitaciones y obligaciones que se impongan a la . . j »;pr = opie
  • citaexternal # inciso segundo del artículo 1? transitorio de la ley 20.791, mediante la expresión “podrán”, con el objeto de dejar sin efecto las declaraciones de utilidad pú