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Tribunal Constitucional·Rol 2937

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Sumario

Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil quince. VISTOS Y CONSIDERANDO: I. ACERCA DEL PROYECTO DE LEY REMITIDO PARA SU CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD. PRIMERO.- Que, por oficio N* 300/SEC/15, de 27 de noviembre de 2015 -ingresado a esta Magistratura con fecha 30 del mismo mes y año-, el Senado ha remitido copia autenticada del proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que modifica el régimen de probidad aplicable al Consejo Nacional de Televisión (Boletín N99398-04), con el objeto de que este Tribunal Constitucional, en uconfomidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N* 1*%, de la Constitución Política de la República, ejerza. el control de constitucionalidad respecto del N? 1) del artículo único y del artículo primero transitorio del proyecto; SEGUNDO.- Que el N%* 1% del inciso primero del artículo 93 de la Carta Fundamental establece que es atribución de este Tribunal Constitucional: “Ejercer el control de constitucionalidad de las leyes que inter...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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Normas y sentencias citadas

  • fundaexternal #a ley Orgánica Constitucional a que se refiere el artículo 38 de la Constitución Política, específicamente, la que alude a los principios de carácter técnico yY profesional en que