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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 2983

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Santiago, trece de diciembre de dos mil dieciséis. VISTOS: El 3 de febrero de 2016, don Aldo Javier Rojas Hernández solicitó a este Tribunal que declare inaplicables por inconstitucionales los artículos 195, 195 bis y 196 ter de la Ley No 18.290, conocida como Ley de Tránsito, en causa penal, diferida ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso (Rol N” 117-2016) por interposición de un recurso de nulidad deducido en contra de la sentencia pronunciada por el Tribunal Oral en lo Penal de San Antonio. Las normas impugnadas establecen lo siguiente: Artículo 195.- “El incumplimiento de la obligación de dar cuenta a la autoridad de todo accidente en que sólo se produzcan daños, señalada en el artículo 168, será sancionado con multa de tres a siete unidades tributarias mensuales y con la suspensión de la licencia hasta por un mes. El incumplimiento de la obligación de detener la marcha, prestar la ayuda posible y dar cuenta a la autoridad de todo accidente en que se produzcan lesion...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 20

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  12. Considerando 30

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Normas y sentencias citadas

  • citaexternal # 18.216, de 14 de mayo de 1983, modificada por la Ley N 20.603, de 27 de junio de 2012; 3%. Que, por consiguiente, el requerimiento centra su reproche en la desig
  • aplicaexternal #cidas fuesen de las señaladas en el número 1% del artículo 397 del Código Penal o se produjese la muerte de alguna persona, el responsable será castigado con la pena de presidio m
  • aplicaexternal #uasidelito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 del Código Penal.”. Artículo 196 ter.- “Respecto del delito previsto en el inciso tercero del artículo 196, será
  • citalaw #29708ión objetiva de los artículos 195 y 195 bis de la Ley 18.290, materia que obviamente escapa a un examen de constitucionalidad y constituye un conflicto concreto