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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 2995

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Sumario

1 Santiago, veintisiete de marzo de dos mil diecisiete. VISTOS: Con fecha 8 de marzo de 2016, Matías Leonardo Gallardo Araya, representado por la Defensoría Penal Pública, deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del artículo 1° de la Ley N° 18.216, que establece Penas Sustitutivas a las Penas Privativas o Restrictivas de Libertad, para que surta efectos en el proceso penal RIT 19-2016, RUC 1500180517-4, seguidos ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, y bajo el Rol 340- 2016, de la Corte de Apelaciones de Valparaíso. Precepto legal cuya aplicación se impugna. El texto del precepto legal impugnado dispone: “Ley N° 18.216. Título Preliminar. Artículo 1°.- La ejecución de las penas privativas o restrictivas de libertad podrá sustituirse por el tribunal que las imponga, por alguna de las siguientes penas: a) Remisión condicional. b) Reclusión parcial. c) Libertad vigilada. d) Libertad vigilada intensiva. ...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 11

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  12. Considerando 12

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Normas y sentencias citadas

  • citaexternal #er término, señala que la reforma generada por la Ley N° 20.603 a la Ley N° 18.216, de Penas Sustitutivas a la Pena Privativa de Libertad, trató el retomar el impu
  • citaexternal # ello, de forma posterior a esta modificación, la Ley N° 20.813, excluyó algunos de los tipos penales contemplados en la Ley N° 17.798, de Control de Armas, como e
  • aplicaexternal #nocida la circunstancia atenuante prevista por el artículo 22 de la ley Nº 20.000. Tampoco podrá el tribunal aplicar las penas señaladas en el inciso primero a los autores del delit
  • fundaexternal #recepto que lleva implícito en congruencia con el artículo 76 constitucional el rol individualizador de la pena funcional operada por el juez natural; 36°. Que ante el fenóm
  • fundaexternal # sea posible su cumplimiento, a partir del propio artículo 1 de la Constitución al establecer el principio de la dignidad de la persona, también, en segundo término no pueden excl
  • aplicaexternal # pena de confiscación de bienes, salvo el comiso (artículo 31 del Código Penal) en los casos establecidos sólo por ley. Con excepción de su aplicación en situaciones fácticas de
  • aplicaexternal #elección del grado y quantum de la pena, donde el artículo 69 del Código Penal señala dos criterios que debe considerar el juez para decidir la extensión exacta dentro de un grad
  • aplicaexternal #debemos remitirnos de acuerdo con el precepto del artículo 20 del Código Civil, y en la acepción que interesa a la materia, significa “poner a alguien o algo en lugar de otra per
  • aplicaexternal #o, pronunciándose sobre la constitucionalidad del artículo 450 del Código Penal, que en delitos contra la propiedad equipara las penas del delito consumado a los delitos en grado
  • citaexternal #de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, y bajo el Rol 340- 2016, de la Corte de Apelaciones de Valparaíso. Precepto legal cuya aplicación se impugna. El t
  • citaexternal #al como este mismo Tribunal ha sugerido en la STC Rol Nº 825, c. 22. No reviste inconveniente para sustentar la declaración de inaplicabilidad asumir que es un
  • citaexternal #in de decidir su conformidad con la Ley Suprema” (Rol N°1145-08, de 17 de marzo de 2009, c.35); 11°. Que el juicio de adecuación o idoneidad es el punto de partid
  • citaexternal #ormación requerida, test de interés público” (STC Rol N°2153-11). Además, “(...) se requiere un fundamento fuerte y verosímil, tema que necesariamente el sistema
  • citaexternal #(sentencia Corte Suprema, de 4 de agosto de 2009, Rol 5043-2009); V. PRINCIPIO DE CULPABILIDAD. 12°. Que, asimismo, sobre la culpabilidad éste órgano se ha p
  • citaexternal #zar la analogía;(…)” (SCS de 20 de abril de 2005, Rol 5990-2004). El “principio de ofensividad” o de “exclusiva protección de bienes penales” se explica como la i
  • citaexternal #de asignar penas a los delitos que configura (STC Rol N° 1328-09, c. 13). Sin embargo, es una discrecionalidad relativa, que el propio constituyente a través de la
  • citaexternal # como en la Sentencia del Tribunal Constitucional Rol N° 739 se sostuvo que “las limitaciones impuestas por el derecho penal a los derechos esenciales derivan d
  • citaexternal # consideración en el voto disidente emitido en el rol N° 2983-16, con respecto a ilícitos penales contemplados en la ley del Tránsito, de donde por lo demás se extr
  • citasentencia #3, el señor Fiscal Nacional expone que en la causa Rol 2770, este Tribunal Constitucional estimó, por mayoría de votos, que la reforma introducida por la Ley N
  • citasentencia #1387do a la categoría de principio autónomo (ver STC, Rol Nº 2936, c. 9); UNDÉCIMO. Que con la exclusión de delitos contemplados en la Ley Nº 17.798 (Ley de Control
  • citaexternal #omuníquese, notifíquese, regístrese y archívese. Rol N° 2995-16-INA. Sr. Carmona Sr. Aróstica Sr. García Sr. Romero Sra. Brahm Sr. Letelier
  • citalaw #29291 en los artículos 8º, 9º, 10, 13, 14 y 14 D de la ley Nº17.798; o de los delitos o cuasidelitos que se cometan empleando alguna de las armas o elementos mencionad
  • citalaw #235507ancia atenuante prevista por el artículo 22 de la ley Nº 20.000. Tampoco podrá el tribunal aplicar las penas señaladas en el inciso primero a los autores del delit
  • citalaw #29427pública, así como en las normas pertinentes de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: I.- QUE SE ACOGE EL REQU
  • citalaw #29636respecto del inciso segundo del artículo 1° de la Ley N° 18.216, que establece Penas Sustitutivas a las Penas Privativas o Restrictivas de Libertad, para que surta
  • citasentencia #1603na penal” (Sentencia del Tribunal Constitucional, Rol N° 2402, considerando 23°); 6°. Que dentro de esa libertad limitada por normas constitucionales, el legisl