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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 3123

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Sumario

Santiago, veintinueve de junio de dos mil diecisiete. VISTOS: Solicitud de inaplicabilidad Don Marcelo Carreño HWoodbridge, ha solicitado un pronunciamiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 19, inciso primero, del Código de Procedimiento Civil y 370 del Código Procesal Penal. Preceptos legales reprochados. El artículo 19, inciso primero, del Código de Procedimiento Civil, referido a la designación de procurador común, preceptúa que “Si son dos o más las partes que entablan una demanda o gestión judicial y deducen las mismas acciones, deberán obrar todas conjuntamente, constituyendo un solo mandatario”. Por su parte, el artículo 370 del Código Procesal Penal, que determina la procedencia del recurso de apelación en materia penal previene que “Las resoluciones dictadas por el juez de garantía serán apelables en los siguientes casos: a) Cuando pusieren término al procedimiento, hicieren imposible su prosecución o la suspendieren por más de trei...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 20

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  12. Considerando 30

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  13. Considerando 40

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Normas y sentencias citadas

  • fundaexternal #SEGUNDO: Que el inciso segundo del numeral 3* del artículo 19 constitucional, al expresar que “Toda persona tiene derecho a defensa jurídica en la forma que la ley señale y n
  • fundaexternal # judicial, como lo expresa el inciso segundo, del artículo 83 constitucional; VIGESIMOTERCERO: Que en el proceso penal la figura del procurador común puede considerarse legít
  • fundaexternal #asuntos a que se refieren los números 6% y 7% del artículo 93 de la Constitución Política”; CUADRAGES IMOSEGUNDO : Que, en lo referido a la inaplicabilidad respecto del artículo 3
  • fundaexternal #Céódigo Orgánico de Tribunales, cuya fuente es el artículo 82 de la Constitución Política, consagra el recurso de queja para los casos en que exista falta o abuso que no sea subsan
  • aplicaexternal #nstituyendo un solo mandatario”. Por su parte, el artículo 370 del Código Procesal Penal, que determina la procedencia del recurso de apelación en materia penal previene que “Las resolucio
  • aplicaexternal # la misma acción en los términos previstos en 'gl artículo 19 del Código de Procedimiento Civil, pues las diferencias con matices de los presupuestos fácticos y las calificaciones jurídicas diver
  • aplicaexternal #s declarada inadmisible, según lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal. 2.— Posteriormente, el día 21 de junio, en cumplimiento de la orden judicial, se designan de común
  • aplicaexternal #epone y apela en subsidio por desconocimiento del artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, que entrega a las partes la designación de procurador común, y la apelación es declarada inadmisib
  • aplicaexternal #ster indagar si se da el supuesto exigido por el artículo 19 del Código de Procedimiento Civil, esto es, que dos o más actores ejerzan la misma acción. Para tales efectos, recuerda la diferencia
  • aplicaexternal #e incide la norma objetada del inciso primero del artículo 19 del Código de Procedimiento Civil y resolver si su aplicación en el mismo infringe disposiciones constitucionales, particularmente, l
  • aplicaexternal # que debe contener los requisitos señalados en el artículo 113 del Código Procesal Penal; VIGESIMOSÉPTIMO: Que el requirente de la presente acción de inaplicabilidad tiene la calidad de qu
  • aplicaexternal #ación de un procurador común, por aplicación del artículo 19 del Código de Procedimiento Civil, para que represente los derechos de las víctimas en el proceso penal (causa RIT N* 4064-2016, RUC
  • aplicaexternal #dor común, en particular por lo establecido en el artículo 16 del código de Procedimiento Civil, norma también aplicable al procedimiento de mérito en virtud del artículo 52 del Código Procesal P
  • aplicaexternal #milada al concepto de víctima, en razón de que el artículo 108 del código Procesal Penal, entrega un concepto de víctima, señalando que para tales efectos, “se considera víctima al ofendid
  • aplicaexternal #ravés de la querella; C) Acción penal limitada al artículo 109 del Código Procesal Penal 23%. Que, la reforma Constitucional, al consagrar la figura de un persecutor estatal- Ministerio Pú
  • aplicaexternal #ión”, según lo establece la norma contenida en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil; 28%. Que, el nombramiento de un procurador común, no afecta - en el caso concreto- las garantías i
  • aplicaexternal #nar con suspensión condicional del procedimiento (artículo 237 del Código Procesal Penal) o acuerdos reparatorios (artículo 241 del Código Procesal Penal), los querellantes pueden forzar l
  • aplicaexternal #l Código Procesal Penal) o acuerdos reparatorios (artículo 241 del Código Procesal Penal), los querellantes pueden forzar la acusación (artículo 258 del Código Procesal Penal), pueden opon
  • aplicaexternal #al), los querellantes pueden forzar la acusación (artículo 258 del Código Procesal Penal), pueden oponerse a la aplicación del procedimiento abreviado en los casos que establece la ley (ar
  • aplicaexternal #ento abreviado en los casos que establece la ley (artículo 408 del Código Procesal Penal), etc. En síntesis, pueden existir un conjunto significativo de defensas incompatibles en tiempo, e
  • aplicaexternal #n a los derechos fundamentales especificada en el artículo 160 del Código Procesal Penal. Redactaron la sentencia, en la parte referida a la inaplicabilidad del artículo 19, inciso prime
  • aplicaarticle #1572da de la aludida disposición civil contraviene el artículo 52 del Código Procesal Penal, que permite la aplicación de las normas comunes a todo procedimiento en el proceso penal, siempre
  • aplicaarticle #872l apoderado común puede ser removido al tenor del artículo 16 del Código de Procedimiento Civil; CUADRAGESIMONOVENO: Que junto al argumento anterior debe ponderarse aquel criterio, de que un inst