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Tribunal Constitucional·Rol 3195

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Sumario

Santiago, veintidós de septiembre de dos mil dieciséis. VISTOS Y CONSIDERANDO: I.- PROYECTO DE LEY REMITIDO PARA SU CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD. PRIMERO: Que, por oficio N% 12.766, de 16 de agosto de 2016 -ingresado a esta Magistratura el día 17 del mismo mes y año-, la Camara de Diputados transcribe el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que modifica la Ley General de Urbanismo Y Construcciones b' leyes complementarias para establecer un sistema de aportes al espacio público aplicable a los proyectos de construcción (Boletín N* 8.493-14), con el objeto de que este Tribunal Constitucional, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N%* 1%, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto de los artículos primero, N's 2%, 5”, y 7, en lo que respecta a los artículos 172, 173, 176, 177, 179, 180, 181, y 186 que introduce al Decreto con Fuerza de Ley N” 458, del Ministerio de Vivienda Y Urbanism...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

    #
  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 20

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  12. Considerando 30

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Normas y sentencias citadas

  • fundaexternal #la autonomía municipal, como antes ocurrió con el artículo 105 de la Constitución de 1925, y que el constituyente de 1980 quiso impedir al incorporar este artículo 118 (antes 107) a
  • fundaexternal #en los términos exigidos por el inciso quinto del artículo 118 de la Constitución. En este sentido, la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades dispone que son materias propia
  • fundaexternal #l, al consejo y su presidente, conforme el citado artículo 113 constitucional. 3. Que, lo mismo ocurre respecto de la norma del N* 3 de la disposición en control, que atañe a