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Tribunal Constitucional·Rol 3243

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Sumario

Santiago, veintisiete de octubre de dos mil dieciséis. VISTOS Y CONSIDERANDO: l. PROYECTO DE LEY REMITIDO PARA SU CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD. PRIMERO: Que, por oficio N* 12.918, de fecha 11 de octubre de 2016 -ingresado a esta Magistratura el día 12 del mismo mes y año-, la Cámara de Diputados ha remitido copia autenticada del proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que modifica el Código Penal, en lo tocante ¿a la tipificación del delito de tortura, correspondiente al Boletín N” 9.589-17, con el objeto de que este Tribunal Constitucional, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N%* 1%, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto del artículo 5% permanente del proyecto de ley; SEGUNDO: Que el N%* 1% del inciso primero del artículo 93 de la Carta Fundamental establece que es atribución de este Tribunal Constitucional: “Ejercer el control de constitucionalidad de las leyes que...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 6

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  6. Considerando 7

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  7. Considerando 8

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  8. Considerando 9

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  9. Considerando 10

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Normas y sentencias citadas

  • fundaexternal #e la ley orgánica constitucional de que trata el artículo 77 constitucional, dado que regulaba materias propias de la organización y atribuciones de dichos tribunales. De
  • fundaexternal #as mayorías requeridas por el inciso segundo del artículo 66 de la Constitución Política; Y TENIENDO PRESENTE, además, lo dispuesto en los artículos 66, inciso segundo; 77, i