INA-Inadmisibilidad
Tribunal Constitucional·Rol 3284
Sumario
Santiago, veintinueve de diciembre de dos mil dieciséis... Proveyendo a fojas 48: por cumplido lo ordenado, agréguese a estos autos la copia de las piezas principales remitida por la Corte Suprema. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 25 de noviembre de 2016, don Gabriel Lara Gómez, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los artículos 152 y 153 del Código de Procedimiento Civil, para que surta efectos en el proceso laboral, actualmente en sede de casación en el fondo, que sustancia la Corte Suprema, bajo el Rol N* 21.731-2016; 2” Que, por resolución de fojas 35 esta Sala admitió a tramitación el requerimiento deducido. En la misma oportunidad, suspendió el procedimiento en que incidiría la inaplicabilidad materia de autos y, para pronunciarse sobre la admisibilidad del requerimiento, confirió traslado por 10 días a las partes de la gestión judicial aludida y, asimismo, requirió que la Corte competente enviara copia de las piezas principales ...
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Santiago, veintinueve de diciembre de dos mil dieciséis... Proveyendo a fojas 48: por cumplido lo ordenado, agréguese a estos autos la copia de las piezas principales remitida por la Corte Suprema. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 25 de noviembre de 2016, don Gabriel Lara Gómez, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los artículos 152 y 153 del Código de Procedimiento Civil, para que surta efectos en el proceso laboral, actualmente en sede de casación en el fondo, que sustancia la Corte Suprema, bajo el Rol N* 21.731-2016; 2” Que, por resolución de fojas 35 esta Sala admitió a tramitación el requerimiento deducido. En la misma oportunidad, suspendió el procedimiento en que incidiría la inaplicabilidad materia de autos y, para pronunciarse sobre la admisibilidad del requerimiento, confirió traslado por 10 días a las partes de la gestión judicial aludida y, asimismo, requirió que la Corte competente enviara copia de las piezas principales de los autos citados precedentemente; 3”. Que el traslado no fue evacuado dentro de plazo; 4%. Que, por resolución de fojas 46, como medida para mejor resolver, se decretó que, previo al examen de admisibilidad, se acompañara por el requirente copia de diversas piezas principales. No se dio cumplimiento a lo requerido; 5%. Que, teniendo en consideración el mérito del proceso y los antecedentes que obran en autos, esta Sala ha llegado a la convicción de que no concurren los presupuestos constitucionales y legales para que la acción deducida pueda ser declarada admisible, toda vez que, tal como se explicitará en las motivaciones 000126 , Lada preimbdicins siguientes, el requerimiento no se encuentra razonablemente fundado, configurándose de esta manera la causal de inadmisibilidad contemplada en el N”* 6” del artículo 84 de la Ley N* 17.997; 6%. Que, sobre la materia, cabe recordar que este sentenciador, en reiteradas ocasiones, ha precisado los motivos por .los cuales una acción de inaplicabilidad no se encuentra razonablemente fundada; 7%. Que, en efecto y teniendo en consideración lo precedentemente expuesto, ha de citarse lo resuelto en sentencia Rol N” 2451, por la que, entre otros pronunciamientos, se ha asentado que “a esta Magistratura Constitucional no le corresponde determinar, frente a un conflicto de leyes, cuál de ellas corresponde aplicar en la resolución de la gestión pendiente, pues ésta es atribución exclusiva de los jueces del fondo (STS roles N*s 513/2006; 810/2008; 980/2007; 1141/2009; 1295/2009, y 1925/2011)"; 8%. Que, en el caso sub lite, se puede colegir del líbelo de fojas 1 que se ha requerido a esta Magistratura la resolución de un conflicto de interpretación de ley. Lo anterior, desde el momento que se pretende lograr una interpretación concordante de las disposiciones reprochadas con lo estatuido en el artículo 432 del Código del Trabajo -vigente a la época de trabarse la litis invocada en autos- y, en especial, con el artículo 429 del citado Código; 9%. Que, por las motivaciones antedichas, no es posible estimar que la acción de autos se sustenta de manera razonable, en tanto la argumentación esgrimida no resulta acorde con el fin de la acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, circunstancia por la cual resulta inadmisible y así se declarará. Y TENIENDO PRESENTE lo establecido en el artículo 93, inciso primero, N* 6%, e inciso decimoprimero, de la Constitución Política y en el N” 6” del artículo 84 y 000127 Lu To peimbisio L demás normas pertinentes de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: Que se declara inadmisible el requerimiento interpuesto en lo principal de fojas uno. Déjase sin efecto la suspensión de la gestión judicial pendiente decretada en estos autos. Redactaron la sentencia los Ministros que la suscriben. Notifíquese. Archívese. Rol N” 3284-16-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora Marisol Peña Torres, y los Ministros señores Juan José Romero Guzmán, Nelson Pozo Silva y José Ignacio Vásquez Márquez. 000128 O il Autoriza el Secretario del Tribunal, señor Rodrigo Pica Flores. Notificaciones del Tribunal Constitucional - peiliaaeioe De: tribunalconstitucional.cl <seguimientoOtcchile.cl> Enviado el: viernes, 30 de diciembre de 2016 6:49 Para: glaragomezOgmail.com; glgestudio(Sgmail.com Asunto: Notificacion Rol 3284-16 Datos adjuntos: 1734_1.pdf Señor Gabriel Lara Gómez, en representación de don Juan Ibarra Sánchez y otros: Adjunto remito a usted la resolución dictada por este Tribunal en el proceso Rol N” 3284-16, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Gabriel Lara Gómez, en representación de Juan Ibarra Sánchez y otros, respecto de los artículos 152 y 153 del Código de Procedimiento Civil, en los autos sobre recurso de casación en el fondo, de que conoce la Corte Suprema bajo el Rol N* 21731-2016. Atentamente, Secretario Abogado secretario(Mtcchile.cl Tribunal Constitucional Av. Apoquindo 4.700, Las Condes, Santiago - Chile A "" 0091304 Notificaciones del Tribunal Constitucional De: Notificaciones del Tribunal Constitucional <notificacionesOtcchile.cl> Enviado el: viernes, 30 de diciembre de 2016 9:28 Para: 'csuprema_tribunalconstitucionalO pjud.cl'; jsaezO pjud.c!; Carolina Palacios Vera CC: *cs_digescritosO pjud.cl'; “ininojosaO pjud.cl”; 'cdrevecoR pjud.cl'; 'cs_tramitadoresO pjud.cl'; 'aarriazaOpjud.cl'; 'crfuentesE pjud.cl'; 'pbanadosO pjud.cl'; 'squirozO pjud.cl'; 'apaniaguaO pjud.cl'; 'ainalafO pjud.cl"; 'vemunozO pjud.cl'; 'cdrevecoOpjud.cl'; 'cosoriosO pjud.cl'; FizamoraOpjud. cl”; "Rodrigo Pica F.' (rpicaWtcchile.cl); 'Oscar Fuentes' (ofuentesOtcchile.cl); "Pilar Arellano Gómez (parellanoOtcchile.cl); notificaciones.tcQ4+gmail.com Asunto: Comunica inadmisibilidad y alzamiento de suspensión Datos adjuntos: Inadmisibilidad.pdf Señor Jorge Eduardo Saez Martin Secretario Corte Suprema En el marco del Convenio de comunicación Corte Suprema — Tribunal Constitucional, vengo en adjuntar resolución dictada por la Primera Sala de esta Magistratura que declara inadmisible el proceso Rol N” 3284-16 INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Gabriel Lara Gómez, en representación de Juan Ibarra Sánchez y otros, respecto de los artículos 152 y 153 del Código de Procedimiento Civil, y ordena dejar sin efecto la suspensión de procedimiento decretada en los autos sobre recurso de casación en el fondo, de que conoce esa Corte Suprema bajo el Rol N* 21731-2016. Para su conocimiento y fines pertinentes. Atentamente, cs EN Mónica Sánchez Abarca [7 Az Oficial Primero j Abogado Tribunal Constiticiorial 7219224-7219200 000131 tigmlo huinla y uno Santiago, 30 de diciembre de 2016. Señores Empresa Constructora Concha y Gana Limitada y Carlos Gana Undurraga Camino El Molino 2150 QUILICURA-SANTIAGO.- Remito a ustedes copia de las resoluciones dictadas por esta Magistratura con fecha 29 de diciembre de 2016, en el proceso Rol N” 3.284-16-INA sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Gabriel Lara Gómez, en representación de Juan Ibarra Sánchez y otros respecto de los artículos 152 y 153 del Código de Procedimiento Civil, en los autos sobre recurso de casación en el fondo, de que conoce la Corte Suprema, bajo el Rol N* 21.731-2016. Saluda atentamente a Uds. 7 Rodrigo Pica Flores SN Secretario Entregado a Correos Chile. Santiago, 30 de diciembre de 2016. Huéranos N” 1234. Santiago de Chile « Telétonos (56-2) 27219200 - 27219214 secretario (Mtcchile.o . wewtrbunalconstitucional e 00132 4 huinta y de Santiago, 30 de diciembre de 2016. o.f.s. Señores Empresa Constructora Senexco S.A., Patricio Sleman Lahsen Avda. Andrés Bello 2777, Piso 28 PROVIDENCIA-SANTIAGO.- Remito a ustedes copia de las resoluciones dictadas por esta Magistratura con fecha 29 de diciembre de 2016, en el proceso Rol N* 3.284-16-INA sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Gabriel Lara Gómez, en representación de Juan Ibarra Sánchez y otros respecto de los artículos 152 y 153 del Código de Procedimiento Civil, en los autos sobre recurso de casación en el fondo, de que conoce la Corte Suprema, bajo el Rol N” 21.731-2016. Saluda atentamente a Uds. Rodrigo Pies Flores ———— > Secretario Entregado a Correos Chile. Santiago, 30 de diciembre de 2016. Lluérfanos N*" 1234. Santiago de Chale » Teléfonos [56-2) 27219200 - 27219214» secrotano (ODtcohale.cl . www tribunalconstitucional.cl AA pa Santiago, 30 de diciembre de 2016. Señor Pablo Piñera Echeñique ] Televisión Nacional de Chile Canal 7 Calle Bellavista 0990 PROVIDENCIA-SANTIAGO.- Remito a ustedes copia de las resoluciones dictadas por esta Magistratura con fecha 29 de diciembre de 2016, en el proceso Rol N* 3.284-16-INA sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Gabriel Lara Gómez, en representación de Juan Ibarra Sánchez y otros respecto de los artículos 152 y 153 del Código de Procedimiento Civil, en los autos sobre recurso de casación en el fondo, de que conoce la Corte Suprema, bajo el Rol N* 21.731-2016. Saluda atentamente a Ud. Rodrigo Pica Flore: Secretario Entregado a Correos Chile. Santiago, 30 de diciembre de 2016. Huérfanos N* (234. Santiago de Chile « Telétonos [56-2) 27219200 - 27219214 secretanioDtcchile:cl « www.tnbunalconststucional el DE ¿tuo Santiago, 30 de diciembre de 2016. Señores Miguel Lara Elías y Bernardo Meléndez Silva Inés Matte Urrejola 0940 PROVIDENCIA-SANTIAGO.- Remito a ustedes copia de las resoluciones dictadas por esta Magistratura con fecha 29 de diciembre de 2016, en el proceso Rol N* 3.284-16-INA sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Gabriel Lara Gómez, en representación de Juan Ibarra Sánchez y otros respecto de los artículos 152 y 153 del Código de Procedimiento Civil, en los autos sobre recurso de casación en el fondo, de que conoce la Corte Suprema, bajo el Rol N” 21.731-2016. Saluda atentamente a Uds. Entregado a Correos Chile. Santiago, 30 de diciembre de 2016. Huérfanos N" 1234« Saubgo de Chale « Tolétonos (56-2) 27219200 - 2721921-k « secretazro(Dtcchile.cl . wen tribunalconstrtucionalol DES sio Santiago, 30 diciembre de 2016. Señores Eduardo Brodsky Goren y Marcelo Brodsky Linetzky Catedral 1009, Oficina 904 SANTIAGO.- Remito a ustedes copia de las resoluciones dictadas por esta Magistratura con fecha 29 de diciembre de 2016, en el proceso Rol N* 3.284-16-INA sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Gabriel Lara Gómez, en representación de Juan Ibarra Sánchez y otros respecto de los artículos 152 y 153 del Código de Procedimiento Civil, en los autos sobre recurso de casación en el fondo, de que conoce la Corte Suprema, bajo el Rol N* 21.731-2016. Saluda atentamente a Uds. Entregado a Correos Chile. Santiago, 30 de diciembre de 2016. Fluérfanos N" 1234 « Santiago de Chile « Telétonos (56-2) 27219200 - 27219214 + secretanoOtcchile.cl . www tnbunalconstitucional.cl 000136 7/44 Santiago, 30 de diciembre de 2016. Señores Rodolfo Arriagada Guajardo y Nelson Fuentes Tatché Juan Antonio Ríos 58, Tercer Piso SANTIAGO.- Remito a ustedes copia de las resoluciones dictadas por esta Magistratura con fecha 29 de diciembre de 2016, en el proceso Rol N* 3.284-16-INA sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Gabriel Lara Gómez, en representación de Juan Ibarra Sánchez y otros respecto de los artículos 152 y 153 del Código de Procedimiento Civil, en los autos sobre recurso de casación en el fondo, de que conoce la Corte Suprema, bajo el Rol N* 21.731-2016. Saluda atentamente a Uds Rodrigo Pica Flores Secretario Entregado a Correos Chile. Santiago, 30 de diciembre de 2016. Eluérfanos N" [234 « Santrago de Clnle « Teléfonos (56-2) 27219200 - 27219214 a secretano Oteclule.ol » www.trbunalconsstucional.el