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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 3430

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1 000124 4e.,(4 a24-4‹, Santiago, treinta y uno de agosto de dos mil diecisiete. VISTOS: Con fecha 5 de abril de 2017, Víctor Segovia Hueraman requiere la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del artículo 1 ° de la Ley N ° 18.216, y del inciso segundo del artículo 17 B, de la Ley N ° 17.798, para que surta efectos en el proceso penal RUC No 1601024895-0, RIT N0 12.932-2016, sustanciado ante el Juzgado de Garantía de Antofagasta. Preceptos legales cuya aplicación se impugna. El texto de los preceptos legales impugnados dispone: "Ley N ° 18.216. Título Preliminar. Artículo 1 ° .- La ejecución de las penas privativas o restrictivas de libertad podrá sustituirse por el tribunal que las imponga, por alguna de las siguientes penas: a) Remisión condicional. b) Reclusión parcial. c) Libertad vigilada. d) Libertad vigilada intensiva. e) Expulsión, en el caso señalado en el artículo 34. f) Prestación de servicios en beneficio de la comunida...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 11

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  12. Considerando 12

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Normas y sentencias citadas

  • aplicaexternal #nocida la circunstancia atenuante prevista por el artículo 22 de la ley N° 20.000. Tampoco podrá el tribunal aplicar las penas señaladas en el inciso primero a los autores del delit
  • fundaexternal #CIMOTERCERO. B) Acerca del argumento basado en el artículo 103 de la Constitución. Que, en segundo lugar, debe advertirse que la legitimidad constitucional de esta norma legal no de
  • fundaexternal #ivos que define el literal b) del numeral 7 ° del artículo 19 de la Constitución. No es novedad que la Ley de Armas imponga penas privativas de libertad. Se ha hecho siempre; 7° .
  • aplicaexternal #rtículo 3°, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 del Código Penal. Para determinar la pena en los delitos previstos en los artículos 8° , 9°, 10, 13, 14 y 14 D, y en
  • aplicaexternal #o 196 Bis de la Ley del Tránsito (2014), el nuevo artículo 449 del Código Penal referido a los delitos contra la propiedad (2016) y el nuevo delito de colusión en el ámbito de la
  • citalaw #29291 en los artículos 8°, 9°, 10, 13, 14 y 14 D de la ley N°17.798; o de los delitos o cuasidelitos que se cometan empleando alguna de las armas o elementos mencionad
  • citalaw #244803los 51 a 54, 72, 73 y 103 del Código Penal, en la ley N° 20.084 y en las demás disposiciones de esta ley y de otras que otorguen a ciertas circunstancias el efecto
  • citalaw #235507ancia atenuante prevista por el artículo 22 de la ley N° 20.000. Tampoco podrá el tribunal aplicar las penas señaladas en el inciso primero a los autores del delit
  • citalaw #29636lo referido al artículo lo, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, lo hacen en virtud de las mismas infracciones constitucionales, pero entre ellos existen diferenci