INA-Inadmisibilidad
Tribunal Constitucional·Rol 3563
Sumario
000160. _ 16...727 sóSb u74 Santiago, cuatro de julio de dos mil diecisiete. A fojas 132 y 143, ténganse por acompañadas las piezas remitidas por la Corte de Apelaciones de Iquique A fojas 136, ténganse por acompañadas las piezas remitidas por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique. A fojas 138, a lo principal, téngase como parte; al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado; al segundo y tercer otrosíes, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1° . Que, con fecha 8 de junio de 2017, Melissa Rodríguez Carvajal, requiere de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1 ° , inciso segundo, de la Ley N ° 18.216 y, del artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N ° 17.798, para que surta efectos en el proceso penal causa RUC 1600175103-8, RIT 234-2017, que se sustanció en el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique y que se encuentra actualmente ante la Corte de Apelaciones de la misma ciudad en razón de un recurso de nulidad, bajo el...
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000160. _ 16...727 sóSb u74 Santiago, cuatro de julio de dos mil diecisiete. A fojas 132 y 143, ténganse por acompañadas las piezas remitidas por la Corte de Apelaciones de Iquique A fojas 136, ténganse por acompañadas las piezas remitidas por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique. A fojas 138, a lo principal, téngase como parte; al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado; al segundo y tercer otrosíes, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1° . Que, con fecha 8 de junio de 2017, Melissa Rodríguez Carvajal, requiere de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1 ° , inciso segundo, de la Ley N ° 18.216 y, del artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N ° 17.798, para que surta efectos en el proceso penal causa RUC 1600175103-8, RIT 234-2017, que se sustanció en el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique y que se encuentra actualmente ante la Corte de Apelaciones de la misma ciudad en razón de un recurso de nulidad, bajo el Rol N ° 169-2017 RPP; 2° . Que, a fojas 118, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura, el que fue acogido a trámite con fecha 15 de junio de 2017, según consta a fojas 119; 3°. Que el artículo 93, inciso primero, N° 6°, y el inciso decimoprimero del mismo, de la Constitución 000161 GrGNSo 5<5 545 s-19) JA-i 0 •"" Política, se complementa con la preceptiva que se contiene en la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, cuyo artículo 84 establece en su inciso primero, numeral tercero, que un requerimiento deberá ser declarado inadmisible, cuando no exista gestión judicial pendiente en tramitación, o se haya puesto término a ella por sentencia ejecutoriada; 4 ° . Que, del examen del requerimiento interpuesto, esta Sala ha logrado formarse convicción en cuanto a que la acción constitucional deducida no puede prosperar, por lo que ella será declarada inadmisible, al concurrir en la especie la causal de inadmisibilidad prevista en el recién reseñado numeral 3 ° del artículo 84 de la Ley Orgánica Constitucional de esta Magistratura; 5 ° . Que, en este sentido, es necesario examinar, precisamente, si la gestión en que incide el requerimiento en encuentra pendiente de modo que una eventual sentencia que declare la inaplicabilidad pueda surtir efecto en dicha gestión; 6 ° . Que este Tribunal Constitucional ha señalado en su jurisprudencia que la expresión "gestión pendiente" supone, en su sentido natural y obvio, que la gestión judicial no ha concluido, siendo la acción de inaplicabilidad un medio de evitar la aplicación de normas legales determinadas en ésta, ya que los preceptos reprochados pueden ser derecho aplicable en el caso sub lite (STC Rol N ° 981, c. 4 ° ). Esta exigencia es del todo clara, en razón de que responde a la naturaleza del control concreto de la acción, lo que permite dimensionar los reales efectos que la aplicación del precepto pueda producir (STC Rol N ° 981, c. 7°); ci 000162 065s.vr4 r 11095 7° . Que, en la especie, y conforme consta a fojas 154, en resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique con fecha 7 de junio de 2017, se declaró inadmisible el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de la requirente en contra de la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la misma ciudad, en atención a que dicha parte no ejerció la impugnación procedente conforme a derecho contemplada en el artículo 37 de la Ley N ° 18.216, por vía de apelación; 8 ° . Que, de lo anterior se colige que no se cumple con el esencial requisito de existir una gestión pendiente, habiéndose devuelto la causa penal por la Corte de Apelaciones de Iquique al Tribunal de origen con fecha 8 de junio de 2017, cuestión que rola a fojas 156 de estos autos. Por ello, la acción constitucional deducida no puede prosperar, en virtud de que ésta ha concluido su tramitación ordinaria, no existiendo una gestión judicial en que pueda hacerse efectiva la eventual declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad solicitada por la parte requirente (STC roles N ° s 500, c. 4; y, 1276, c. 4 ° ). Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en los artículos 6 ° , 7 ° y 93, inciso primero, N ° 6 ° , e inciso undécimo, de la Constitución Política y en los artículos 84, N ° 3 y demás pertinentes de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1. Que se declara INADMISIBLE el requerimiento interpuesto en lo principal de fojas 1. 000163 te.•-, so 545,64,T5 2. Álcese la suspensión parcial del procedimiento decretada a fojas 119. Ofíciese a tal efecto. Notifíquese, comuniques y archí Rol N ° 3563-17-INA. (-114 1 SRA. BRA /4_ Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Carlos Carmona Santander, y los Ministros señores Iván Aróstica Maldonado, Gonzalo García Pino, señora María Luisa Brahm Barril y señor Cristián Letelier Aguilar. Autoriza el Secretario del Tribunal Constitucional, señor Rodrigo Pica Flores. 000164 (u)10 5,6 ss Azb Notificaciones del Tribunal Constitucional ,e,./ 4 lío De: tribunalconstitucional.cl <seguimiento@tcchile.cl > Enviado el: jueves, 06 de julio de 2017 11:59 Para: cfierro@dpp.cl Asunto: Notificacion Rol 3563-17 Datos adjuntos: 2622_1.pdf Sr. Claudio Fierro Morales: Adjunto remito a usted resolución dictada por la Segunda Sala de este Tribunal en el proceso Rol N° 3563-17, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Melissa Angélica Rodríguez Carvajal respecto del artículo 1°, inciso segundo de la Ley N° 18.216 y del artículo 17 B, inciso segundo de la Ley N° 17.798, en el proceso penal RUC 1600175103-8, RIT 234-2017, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral de Iquique, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Iquique, por recurso de nulidad, bajo el Rol N° 169-2017 Reforma Procesal Penal. Atentamente, Secretario Abogado secretario@techile.c1 Tribunal Constitucional Eluertanos 1234, Santiago - Chile 1 000165 sos&A-5(A.Qco.-- Santiago, 6 de julio de 2017 OFICIO N° 1446-2017 Remite resolución. SEÑORA PRESIDENTE CORTE DE APELACIONES DE IQUIQUE Remito a V.S.I. copia de la resolución dictada por la Segunda Sala de esta magistratura con fecha 4 de julio en curso en el proceso Rol N° 3563-17-INA, sobre , requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Melissa Angélica Rodríguez Carvajal respecto del artículo 1°, inciso segundo de la Ley N° 18.216 y del artículo 17 B, inciso segundo de la Ley N° 17.798, en el proceso penal RUC 1600175103- 8, RIT 234-2017, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral de Iquique, a los efectos que indica. OS C RMONA SANTANDER Presidente---- • RODRIGO PICA FLORES Secretario SEÑOR PRESIDENTE CORTE DE APELACIONES DE IQUIQUE DON ERICO ULISES GATICA MUÑOZ PATRICIO LYNC— H N° 60 IQUIQUE Entregado a Correos de Chile 6 de julio de 2017 000166 Notificaciones del Tribunal Constitucional GIGAno 545.0." ( De: Notificaciones del Tribunal Constitucional <notificaciones@tcchile.cl > Enviado el: jueves, 06 de julio de 2017 12:03 Para: 'dreyes@pjud.c1'; 'ca_iquique@pjud.c1'; 'dosepulveda@pjud.cl' CC: notificaciones.tc@gmailcom; 'Marco Ortúzar' (mortuzar@tcchile.c1); 'Oscar Fuentes' (ofuentes@tcchile.cl ); José Francisco Leyton (jfleyton@tcchile.cl ) Asunto: Comunica inadmisibilidad y alzamiento de suspensión Datos adjuntos: Inadmisibilidad y alzamiento de suspensión.pdf Señor Diego Reyes López Secretario Corte de Apelaciones de Iquique Junto con saludarla, vengo en comunicar y adjuntar resolución dictada por la Segunda Sala de esta Magistratura que declara inadmisible el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad Rol N° 3563-2017, presentado por Melissa Angélica Rodríguez Carvajal respecto del artículo 1°, inciso segundo de la Ley N° 18.216 y del artículo 17 B, inciso segundo de la Ley N° 17.798,y ordena el alzamiento de la suspensión decretada en el proceso penal RUC 1600175103-8, RIT 234-2017, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral de Iquique, en actual conocimiento de esa Corte de Apelaciones de Iquique, por recurso de nulidad, bajo el Rol N° 169-2017 Reforma Procesal Penal. Para su conocimiento y fines pertinentes. Le saluda atentamente, Mónica Sánchez Abarca Oficial Primero Abogado Tribunal Constitucional 7219224-7219200 1 000167 Clbrro SbSS,JTj / S ¿b r$ Santiago, 6 de julio de 2017 OFICIO N° 1445-2017 Remite resolución. SEÑORA JUEZA TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE IQUIQUE: Remito a US. copia de la resolución dictada por la Segunda Sala de esta magistratura con fecha 4 de julio en curso en el proceso Rol N° 3563-17-INA, sobre , requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Melissa Angélica Rodríguez Carvajal respecto del artículo 1°, inciso segundo de la Ley N° 18.216 y del artículo 17 B, inciso segundo de la Ley N° 17.798, en el proceso penal RUC 1600175103- 8, RIT 234-2017, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral de Iquique, a los efectos que indica. RODRIGO PICA FLORES - a- -- Secretario SEÑORA JUEZA TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE IQUIQUE DOÑA MARILYN MAGNOLIA FREDES ARAYA PATRICIO LYNCH N°60- IQUIQUE Entregado a Correos de Chile 6 de julio de 2017 000168 Notificaciones del Tribunal Constitucional cis.ux, 5855P rs ¡b o -- De: Notificaciones del Tribunal Constitucional <notificaciones@tcchile.cl > Enviado el: jueves, 06 de julio de 2017 12:05 Para: lopiquique@pjud.c1'; 'cvalle@pjud.c1'; jovargas@pjud.cr CC: notificaciones.tc@gmail.com ; 'Marco Ortúzar' (mortuzar@tcchile.cl ); 'Oscar Fuentes' (ofuentes@tcchile.cl ); José Francisco Leyton (jfleyton@tcchile.cl ); 'Rodrigo Pica F.' (rpica@tcchile.cl ) Asunto: Comunica inadmisibilidad y alzamiento de suspensión Datos adjuntos: Inadmisibilidad y alzamiento de suspensión.pdf Señora Catherine Valle Valderrama Jefe Unidad de Causas Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique Junto con saludarla, vengo en comunicar y adjuntar resolución dictada por la Segunda Sala de esta Magistratura que declara inadmisible el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad Rol N° 3563-2017, presentado por Melissa Angélica Rodríguez Carvajal respecto del artículo 1°, inciso segundo de la Ley N° 18.216 y del artículo 17 B, inciso segundo de la Ley N° 17.798,y ordena el alzamiento de la suspensión decretada en el proceso penal RUC 1600175103-8, RIT 234-2017, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral de Iquique, en actual conocimiento de esa Corte de Apelaciones de Iquique, por recurso de nulidad, bajo el Rol N° 169-2017 Reforma Procesal Penal. Para su conocimiento y fines pertinentes. Atentamente, ica án chez Abarca Oficial. Primero Abogado Tribunal Constittic" 7219224-7219200 000169 C•I‘A.1 .4 & SS") PI 71 /t'o E J6 • Santiago, 6 de julio de 2017 m.o.o. Señores Carlos Mauricio Schmidt Silva Ernesto Segundo Ledesma Adrián Cristóbal Espinoza Fuentealba Calle Serrano N° 145, oficina 501 Iquique Remito a Ud. copia de la resolución dictada por la Segunda Sala de esta magistratura con fecha 4 de julio en curso en el proceso Rol N° 3563-17-INA, sobre , requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Melissa Angélica Rodríguez Carvajal respecto del artículo 1°, inciso segundo de la Ley N° 18.216 y del artículo 17 B, inciso segundo de la Ley N° 17.798, en el proceso penal RUC 1600175103- 8, RIT 234-2017, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral de Iquique, a los efectos que indica. Saluda atentamente a Ud. (ION S 7:1 trigo Pica Flor Secretario Entregado a Correos de Chile 6 de julio de 2017 de Chile • TakSionos (56-2) 2721'4200 - 27219214 • 3ecretario@tccliiie.. -1 • SVW bui101.:0 1 ts111uCinnaLel luéríann3 1234 • S. 1 000170 cié.,1, 34 - Santiago, 6 de julio de 2017 Señor Pablo Campos Muñoz Hernán Ferrera Leiva Unidad de Recursos Procesales y Jurisprudencia Fiscalía nacional del Ministerio Público General Mackenna 1369 Remito a Ud. copia de la resolución dictada por la Segunda Sala de esta magistratura con fecha 4 de julio en curso en el proceso Rol N° 3563-17-INA, sobre , requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Melissa Angélica Rodríguez Carvajal respecto del artículo 1°, inciso segundo de la Ley N° 18.216 y del artículo 17 B, inciso segundo de la Ley N° 17.798, en el proceso penal RUC 1600175103- 8, RIT 234-2017, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral de Iquique, a los efectos que indica. Saluda atentamente a Ud. Rodrigo Pica Flores Secretario Entregado a Correos de Chile 6 de julio de 2017 (nérianos (234. Santiago de Chile ..fe(Pelonos (56-2) 27219200 - 2721.9214 • pecretatio@tccinic.).-1 . www.t ribu nal wnstitu cionnirl 000171 G1 b fa '&11.'51 fil.t>0 Santiago, 6 de julio de 2017 Señores Natalia Andrade Encalada Kevin Emanuel Alejandro Carvajal Lafferte Defensoría Penal Pública Av. Arturo Prat 1090, 2° piso Iquique. Remito a Ud. copia de la resolución dictada por la Segunda Sala de esta magistratura con fecha 4 de julio en curso en el proceso Rol N° 3563-17-INA, sobre , requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Melissa Angélica Rodríguez Carvajal respecto del artículo 1°, inciso segundo de la Ley N° 18.216 y del artículo 17 B, inciso segundo de la Ley N° 17.798, en el proceso penal RUC 1600175103- 8, RIT 234-2017, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral de Iquique, a los efectos que indica. Saluda atentamente a Ud. Rodrigo Pica Flores Secretario HtLt Entregado a Correos de Chile 6 de julio de 2017 1)u uwo \r' 1254. Santio de Chile. Tellemo; 0-2) 272 P71200 - 27219214 . 31-C retario@tcchile.ei . wlvn ibunaiwsIskitucionaLl